(Asunto C‑381/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑381/19

Fecha: 15-Ene-2020





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 15 de enero de 2020 —
BancaE

(Asunto C381/19)(1)

«Procedimiento prejudicial— Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Protección de los consumidores— Directiva 93/13/CE— Introducción de una nueva vía de recurso durante el procedimiento— Principios de seguridad jurídica y de efectividad»

Protección de los consumidores— Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores— Directiva 93/13/CEE— Medios para que cese la utilización de las cláusulas abusivas— Normativa nacional que introduce un recurso y una instancia judicial más durante el procedimiento— Procedencia a la vista de los principios de seguridad jurídica y de efectividad— Requisito— Recurso disponible tanto para el consumidor como para el profesional

(Directiva 93/13/CE del Consejo, art.7, ap.1)

(véanse los apartados 28 a 35 y el fallo)

Fallo

Los principios de seguridad jurídica y de efectividad deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una norma procesal que modifica el sistema de recursos establecido en el ordenamiento jurídico interno, introduciendo un recurso y una instancia judicial más, y que se aplica a un procedimiento pendiente en el momento de esa modificación en el que se enfrentan un consumidor y un profesional, toda vez que ese nuevo recurso puede ser interpuesto tanto por el consumidor como por el profesional.


1 DO C288 de 26.8.2019.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO