Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 15 de enero de 2020 — BS/Parlamento
(Asunto C‑642/19P)
«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Función pública— Funcionarios— Notificación de modificación de los derechos a pensión— Asignación por hijo a cargo— Asignación por escolaridad— Hijo que padece una incapacidad que le impide subvenir a sus necesidades— Manutención efectiva de unhijo— AnexoVII del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea— Artículo2— Devolución de cantidades indebidamente pagadas— Error manifiesto de apreciación— Derecho a una buena administración— Recurso de anulación»
1.Procedimiento judicial— Recurso ante el Tribunal General— Posibilidad de un segundo intercambio de escritos de alegaciones— Facultad discrecional del Tribunal General
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.83)
(véase el apartado5)
2.Procedimiento judicial— Decisión adoptada por medio de auto motivado— Posibilidad de resolver sin fase oral del procedimiento— Violación del derecho a una tutela judicial efectiva— Inexistencia
(Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.47; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.126)
(véase el apartado5)
3.Recurso de casación— Motivos— Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General— No determinación del error de Derecho invocado— Inadmisibilidad
[Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.168, ap.1, letrad), y 169, ap.2)
(véase el apartado5)
4.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170, ap.1)
(véase el apartado5)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación, por ser en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado. |
2) |
| BS cargará con sus propias costas. |