(Asunto T‑42/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑42/19

Fecha: 29-Ene-2020





Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 29 de enero de 2020 — Volkswagen/EUIPO (CROSS)

(Asunto T42/19)

«Marca de la Unión Europea— Solicitud de marca denominativa de la Unión CROSS— Motivo de denegación absoluto— Carácter descriptivo— Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (UE) 2017/1001— Falta de carácter distintivo— Artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento 2017/1001— Igualdad de trato— Obligación de motivación— Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001»

1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Objetivo— Imperativo de disponibilidad

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]

(véase el apartado16)

2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]

(véase el apartado17)

3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Apreciación del carácter descriptivo de un signo— Criterios

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]

(véase el apartado18)

4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Examen de los motivos de denegación en relación con cada uno de los productos o servicios comprendidos en la solicitud de registro— Obligación de motivación de la denegación de registro— Alcance

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrac), y art.94, ap.1, primera frase]

(véanse los apartados 19 a21)

5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Marca denominativa CROSS

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]

(véanse los apartados 23, 26 a 29, 37 a 39, 45, 46, 48, 49, 52, 53, 58, 59, 62, 63 y75)

6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Denegación de registro basada en uno de los motivos de denegación absolutos enunciados en el artículo 7, apartado 1, del Reglamento 2017/1001— Suficiencia

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1]

(véase el apartado57)

7.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Legalidad— Examen por el juez de la Unión— Criterios

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo]

(véase el apartado70)

8.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Principio de igualdad de trato— Principio de buena administración— Práctica decisoria anterior de la Oficina— Principio de legalidad— Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo]

(véanse los apartados 71 a74)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 14 de noviembre de 2018 (asunto R2500/2017‑1), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo CROSS como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a VolkswagenAG.

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