Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 1 de octubre de 2020 — Cham Holding/Consejo
(Asunto C‑261/19P)(1)
«Recurso de casación— Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas adoptadas contra la República Árabe Siria— Medidas dirigidas contra determinadas personas y entidades que operan en Siria— Lista de las personas y entidades a las que se aplica la congelación de fondos y de recursos económicos— Inclusión del nombre de la recurrente— Recurso de anulación»
1.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Siria— Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos asociados al régimen sirio— Derecho de defensa— Comunicación de las pruebas inculpatorias— Decisión subsiguiente en la que se mantuvo el nombre del demandante en la lista de personas afectadas por esas medidas— Inexistencia de motivos nuevos— Pruebas inculpatorias idénticas a las ya tenidas en cuenta en la decisión inicial— Vulneración del derecho a seroído— Inexistencia
[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.41; Decisiones (PESC) del Consejo 2016/850, 2017/917 y 2018/778]
(véanse los apartados 44a48)
2.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización
(Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)
(véanse los apartados 65a67)
3.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Siria— Decisión 2013/255/PESC— Presunción de apoyo al régimen sirio en contra de destacados empresarios que operen en Siria y de los miembros de las familias Assad o Makhlouf— Entidad bajo control de un miembro de las familias Assad o Makhlouf— Inclusión de la entidad en cuestión con el fin de evitar el riesgo de que se eludan las medidas restrictivas adoptadas— Procedencia
[Decisión 2013/255/PESC del Consejo, en su versión modificada por la Decisión (PESC) 2015/1836, arts.27, ap.2, letrasa) yb), y 28, ap.2, letrasa)yb)]
(véanse los apartados 78 a 83y92)
4.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170, ap.1)
(véanse los apartados 85y86)
5.Recurso de casación— Motivos— No determinación del error de Derecho invocado— Inadmisibilidad
[Art.256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.168, ap.1, letrad), y169]
(véase el apartado88)
6.Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contra Siria— Congelación de fondos y restricciones en materia de admisión de personas, entidades u organismos asociados con el régimen sirio— Violación del principio de proporcionalidad— Violación del principio de proporcionalidad— Inexistencia
[Decisión 2013/255/PESC del Consejo, en su versión modificada por la Decisión (PESC) 2015/1836]
(véanse los apartados 89y90)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Cham Holding Co.SA. |
1DO C187 de 3.6.2019.