(Asunto C‑305/20
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑305/20

Fecha: 29-Oct-2020





Auto del Tribunal de Justicia (Sala de Admisión a Trámite de Recursos de Casación) de 29 de octubre de 2020 — Kerry Luxembourg/EUIPO

(Asunto C305/20P)

«Recurso de casación— Marca de la Unión Europea— Admisión a trámite de recursos de casación— Artículo 170ter del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Inadmisión a trámite del recurso de casación»

1.Recurso de casación— Régimen de previa admisión— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Carga de la prueba

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170ter)

(véase el apartado11)

2.Recurso de casación— Régimen de previa admisión— Solicitud de admisión a trámite de un recurso de casación— Requisitos de forma

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis y 170ter)

(véanse los apartados 12 a14)

3.Recurso de casación— Régimen de previa admisión— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de una cuestión— Inadmisión a trámite

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis y 170ter)

(véanse los apartados 15, 16 y21)

4.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Examen de oficio de los hechos— Alcance— Obligación de demostrar la exactitud de hechos notorios— Inexistencia— Impugnación ante el Tribunal General— Presentación de documentos para fundamentar la exactitud de un hecho notorio

[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.76, ap.1]

(véase el apartado17)

5.Recurso de casación— Régimen de previa admisión— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión

(Artículo 256TFUE, ap.1; Estatuto del Tribunal de Justicia, artículos 58, párrafo primero, y 58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, artículo 170ter)

(véase el apartado18)

6.Recurso de casación— Régimen de previa admisión— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Carácter contrario a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión— Inadmisión a trámite

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis, ap.1, y 170ter)

(véase el apartado20)

Fallo

1)

No admitir a trámite el recurso de casación.

2)

Kerry Luxembourg Sàrl cargará con sus propias costas.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO