(Asunto T‑107/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑107/19

Fecha: 25-Nov-2020





Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 25 de noviembre de 2020 — ACRE/Parlamento

(Asunto T107/19)

«Derecho institucional— Parlamento Europeo— Decisión que declara no subvencionables determinados gastos de un partido político a efectos de una subvención con respecto a2017— Reglamento (CE) n.º2004/2003— Prohibición de financiación de un partido político nacional— Cotización o donación de un partido político nacional— Principio de buena administración— Seguridad jurídica— Igualdad de trato— Decisión que concede una contribución a un partido político con respecto a 2019 y supedita la prefinanciación del 100% del importe máximo de la contribución a determinadas devoluciones previas— Reglamento (UE, Euratom) n.º1141/2014— Derecho de defensa»

1.Derechos fundamentales— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Derecho a una buena administración— Derecho a seroído— Alcance

(Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.41)

(véanse los apartados 25 y26)

2.Parlamento Europeo— Financiación de los partidos políticos a escala europea— No subvencionabilidad de determinados gastos de un partido político europeo a efectos de una subvención y prohibición de donativos que superen un determinado importe— Derecho del beneficiario de la subvención a presentar observaciones antes de la adopción de la decisión— Plazo— Observancia de un plazo razonable

[Reglamento (CE) n.º2004/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo]

(véanse los apartados 31 y32)

3.Parlamento Europeo— Financiación de los partidos políticos a escala europea— Prohibición de financiación indirecta de un partido político nacional— Requisitos— Existencia de una ventaja económica indirecta en favor del partido político nacional— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.º2004/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1]

(véanse los apartados 53 y61)

4.Derecho de la Unión Europea— Principios— Seguridad jurídica— Normativa de la Unión— Exigencia de claridad y de previsibilidad— Recurso a conceptos jurídicos indeterminados que deben ser interpretados y aplicados por la Administración— Procedencia

(véanse los apartados 65, 66 y68)

5.Derecho de la Unión Europea— Principios— Igualdad de trato— Concepto— Límites— Necesidad de respetar el principio de legalidad— Imposibilidad de invocar una ilegalidad cometida en favor deotro

(véanse los apartados 77 y173)

6.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Exposición clara y precisa de los motivos invocados

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.76, letrad)]

(véase el apartado113)

7.Parlamento Europeo— Financiación de los partidos políticos a escala europea— No subvencionabilidad de determinados gastos de un partido político europeo a efectos de una subvención y prohibición de donativos que superen un determinado importe— Vulneración de los derechos a la libertad de expresión y a la libertad de asociación— Inexistencia

[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts.11 y 12; Reglamento (CE) n.º2004/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo]

(véase el apartado114)

8.Parlamento Europeo— Financiación de los partidos políticos a escala europea— Obligaciones vinculadas a la financiación— Prohibición de donativos que superen un determinado importe y que procedan de un partido político nacional no miembro de un partido político a escala europea— Concepto de partido político— Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.º2004/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.2, ap.1, y 6, aps.2y3]

(véanse los apartados 157 a161)

9.Derecho de la Unión Europea— Principios— Protección de la confianza legítima— Requisitos— Garantías concretas dadas por la Administración

(véase el apartado169)

10.Derecho de la Unión Europea— Principios— Derecho de defensa— Derecho a ser oído— Alcance— Adopción de una decisión del Parlamento Europeo que concede una contribución a un partido político europeo y que supedita una prefinanciación equivalente al importe total de la contribución a determinadas devoluciones previas— Imposibilidad de dicho partido político de dar a conocer su postura sobre la pertinencia de los hechos o documentos tenidos en cuenta en el momento de la adopción de dicha Decisión— Vulneración del derecho a seroído

(véanse los apartados 182 a 184, 186, 189 y190)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación parcial de la decisión del Parlamento de 10 de diciembre de 2018 por la que se declaran no subvencionables determinados gastos a efectos de una subvención con respecto al año 2017 y se ordena la restitución de una donación y, por otra parte, la anulación de la Decisión FINS 2019 5 del Parlamento, notificada a la demandante el 14 de enero de 2019, relativa a la concesión de una contribución a la demandante por el año 2019, en la medida en que dicha Decisión supedita la prefinanciación equivalente al 100% del importe máximo de la contribución a determinadas devoluciones previas.

Fallo

1)

Anular la decisión del Parlamento de 10 de diciembre de 2018 que declara no subvencionables determinados gastos a los efectos de una subvención con respecto al año 2017 y ordena la restitución de una donación, en la medida en que recalifica los gastos correspondientes a la conferencia celebrada en Kampala (Uganda) del 13 al 15 de julio de 2017, a saber, 91546,58euros, como gastos no subvencionables.

2)

Anular la decisión FINS-2019 5 del Parlamento, de 14 de enero de 2019, relativa a la concesión de una contribución a la Alliance of Conservatives and Reformists in Europe (ACRE) por el año 2019, en la medida en que su artículo I.5.1 supedita el pago de una prefinanciación equivalente al 100% del importe máximo de la contribución a determinadas devoluciones previas.

3)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

4)

El Parlamento Europeo cargará, además de con sus propias costas, con un tercio de las de ACRE. ACRE cargará con dos tercios de sus propias costas.

5)

La Autoridad para los partidos políticos europeos y las fundaciones políticas europeas cargará con sus propias costas.

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