Auto de la Vicepresidenta del Tribunal de Justicia de 17 de diciembre de 2020 — Anglo Austrian AAB y Belegging-Maatschappij «Far-East»/BCE
[Asunto C‑207/20P(R)]
«Recurso de casación— Auto de medidas provisionales— Política económica y monetaria— Reglamento (UE) n.º1024/2013— Supervisión prudencial de las entidades de crédito— Atribución de funciones específicas al Banco Central Europeo (BCE)— Decisión por la que se revoca la autorización de una entidad de crédito— Nueva demanda de medidas provisionales»
1.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización— Motivo basado en la desnaturalización de los hechos— Necesidad de indicar con precisión los elementos desnaturalizados y de demostrar los errores de análisis que condujeron a esa desnaturalización
(Art.256TFUE, ap.1, párr.2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)
(véanse los apartados 36, 37, 85 y86)
2.Procedimiento sobre medidas provisionales— Requisitos de admisibilidad— Demanda— Requisitos de forma— Exposición de los motivos que justifiquen a primera vista la concesión de las medidas solicitadas— Posibilidad de completar la información y las pruebas aportadas en la demanda— Facultad de apreciación del juez de la Unión
(Arts.278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.160, ap.3)
(véanse los apartados 41 a43)
3.Procedimiento sobre medidas provisionales— Procedimiento— Oportunidad de oír a las partes— Facultad de apreciación del juez de medidas provisionales
(Arts.278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal, art.157, ap.1)
(véase el apartado52)
4.Recurso de casación— Motivos— Necesidad de una crítica precisa de un extremo del razonamiento del Tribunal General
[Art.256TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.168, ap.1, letrad), y 169, ap.2]
(véanse los apartados 56 a58)
5.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad
(Art.256TFUE, ap.1, párr.2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170, ap.1)
(véanse los apartados 72 a75)
6.Recurso de casación— Motivos— Motivo dirigido contra un fundamento a mayor abundamiento— Motivo inoperante— Desestimación
(Art.256TFUE, ap.1, párr.2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)
(véanse los apartados 89 a91)
7.Procedimiento sobre medidas provisionales— Suspensión de la ejecución— Medidas provisionales— Requisitos para su concesión— Fumus boni iuris— Urgencia— Perjuicio grave e irreparable— Carácter acumulativo— Ponderación de todos los intereses en conflicto— Orden en que deben examinarse y modo de verificación— Facultad de apreciación del juez de medidas provisionales
(Arts.278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal, art.156, ap.4)
(véanse los apartados 101 a103)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Anglo Austrian AAB AG y Belegging-Maatschappij «Far-East»BV. |