(Asunto C‑347/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑347/19

Fecha: 10-Dic-2020





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de diciembre de 2020— Comisión/España (Eficiencia energética)

(Asunto C347/19)(1)

«Incumplimiento de Estado— Medio ambiente— Eficiencia energética— Directiva 2012/27/UE— Artículo 9, apartado3— Consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente— Instalación en los edificios de contadores de consumo individuales»

1.Energía— Fomento de la eficiencia energética— Directiva 2012/27/UE— Contadores— Obligación de los Estados miembros de prever la instalación en los edificios de contadores de consumo individuales de calefacción, refrigeración y agua caliente— Incumplimiento

(Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.9, ap.3, y 28, ap.1)

(véanse los apartados 23 a 25 y 27 a 29 y el fallo)

2.Recurso por incumplimiento— Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia— Situación que debe considerarse— Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado

(Art.258TFUE; Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, art.9, ap.3)

(véanse los apartados 26y27)

3.Estados miembros— Obligaciones— Ejecución de las directivas— Incumplimiento— Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno— Improcedencia

(Art.258TFUE; Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, art.9, ap.3)

(véase el apartado31)

Fallo

1)

Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 9, apartado 3, de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, en cuanto concierne a la instalación en los edificios de dispositivos individuales de medición del consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente, al no haber adoptado en el plazo previsto todas las disposiciones nacionales necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicha disposición.

2)

Condenar en costas al Reino de España.


1 DO C238 de 15.7.2019.

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