(Asunto C-87/20 Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 19 de febrero de 2020 — Hauptzollamt B/XY
Fecha: 19-Feb-2020
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 19 de febrero de 2020 — Hauptzollamt B/XY
(Asunto C-87/20)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesfinanzhof
Partes en el procedimiento principal
Recurrente en casación: HauptzollamtB
Recurrida en casación:XY
Cuestiones prejudiciales
¿Debe interpretarse el artículo 57, apartado 5, letraa), del Reglamento (CE) n.º865/20061 en el sentido de que un importador que porte una cantidad total superior a 125gramos (g) de caviar de esturiones o peces espátula (Acipenseriformes spp.) en contenedores individualmente marcados, para la que no presenta ni documento de exportación o reexportación ni permiso de importación, deberá poder conservar una cantidad de hasta 125g de caviar, siempre que la importación no sirva a ninguno de los fines enunciados en el artículo 57, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento n.º865/2006?
En caso de respuesta afirmativa a esa cuestión:
2)¿Los especímenes introducidos en el territorio aduanero de la Unión también son parte de los efectos personales y enseres domésticos en el sentido del artículo 7, punto 3, del Reglamento n.º338/97,2 cuando en el momento de su introducción, el importador declara que tras la importación desea regalarlos a otras personas?