Auto del Tribunal General (Sala Segunda) de 7 de febrero de 2020 —Fleximed/EUIPO — docPrice (Fleximed)
(Asunto T‑214/19)
«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de nulidad— Marca denominativa de la Unión Fleximed— Marque de la Unión denominativa anterior mediFLEX— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001— Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»
1.Procedimiento judicial— Decisión adoptada por medio de auto motivado— Posibilidad de resolver sin faseoral— Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno
(Reglamento de procedimiento del Tribunal General, art.126)
(véase el apartado15)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 20, 50, 51 y62)
3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Denegación del registro cuando exista un motivo de denegación relativo aun cuando sólo afecte a una parte de la Unión
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 21 y61)
4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Determinación del público pertinente— Nivel de atención del público
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 23, 24, 58 y59)
5.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad relativa— Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marcas denominativas Fleximed y mediFLEX
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.8, ap.1, letrab), y 60, ap.1, letraa)]
(véanse los apartados 24, 25, 27, 37, 43, 48, 49, 55 a 57 y60)
6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véase el apartado26)
7.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 28, 31, 42 y47)
8.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Apreciación del carácter distintivo de un elemento de una marca
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 29 y30)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 6 de febrero de 2019 (asunto R1121/2018‑4), relativa a un procedimiento de nulidad entre docPrice y Fleximed. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso por ser manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno. |
2) |
| Condenar en costas a FleximedAG. |