(Asunto C‑571/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑571/19

Fecha: 12-Mar-2020





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 12 de marzo de 2020 —
EMB Consulting y otros/BCE

(Asunto C571/19P)

«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento del Procedimiento del Tribunal de Justicia— Responsabilidad extracontractual— Política económica y monetaria— Reestructuración de la deuda pública griega— Canje obligatorio de títulos en poder de acreedores privados— Dictamen del Banco Central Europeo (BCE)— Principio pacta sunt servanda— Artículos 17, apartado 1, 47, párrafo segundo, y 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Artículo 63TFUE, apartado1— Artículo 124TFUE— Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado»

1.Recurso de casación— Motivos— Motivos manifiestamente inadmisibles o manifiestamente infundados— Desestimación en cualquier momento, mediante auto motivado y sin faseoral

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.181)

(véanse los apartados 9y10)

2.Recurso de casación— Motivos— Motivo dirigido contra un fundamento a mayor abundamiento— Motivo inoperante— Desestimación

(véanse los apartados 16y17)

3.Recurso de casación— Motivos— Motivación insuficiente— Motivación implícita del Tribunal General— Procedencia— Límites— Obligación de pronunciarse sobre cada infracción del Derecho alegada

(véanse los apartados 21, 41 a 43, 46y47)

4.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad manifiesta

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.127, ap.1, y 190, ap.1)

(véanse los apartados 25a27)

5.Responsabilidad extracontractual— Requisitos— Ilegalidad— Perjuicio— Relación de causalidad— Inexistencia de uno de los requisitos— Desestimación del recurso en su totalidad

(Art.340TFUE, párr.2)

(véase el apartado29)

6.Política económica y monetaria— Política económica— Prohibición de adoptar medidas que concedan un acceso privilegiado a las instituciones financieras sin justificación prudencial— Normativa nacional por la que se limita el valor de los títulos de deuda emitidos o garantizados por el Estado miembro de que se trate— Justificación basada en la necesidad de proteger la economía nacional y la zona del euro contra el riesgo de impago del Estado miembro de que se trate— Procedencia

[Reglamento (CE) n.º3604/93 del Consejo, art.2]

(véanse los apartados 50a52)

7.Responsabilidad extracontractual— Requisitos— Ilegalidad— Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares— Norma jurídica que confiere derechos a los particulares— Concepto— Prohibición de adoptar medidas que concedan un acceso privilegiado a las instituciones financieras sin justificación prudencial— Exclusión

(Art.124TFUE)

(véanse los apartados 53a56)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación, por ser en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado.

2)

Condenar en costas a EMB ConsultingSE.

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