(Asunto C-163/20 Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzgericht (Austria) el 16 de abril de 2020 — AZ / Finanzamt Hollabrunn Korneuburg Tulln
Fecha: 16-Abr-2020
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzgericht (Austria) el 16 de abril de 2020 — AZ / Finanzamt Hollabrunn Korneuburg Tulln
(Asunto C-163/20)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesfinanzgericht
Partes en el procedimiento principal
Recurrente:AZ
Recurrida: Finanzamt Hollabrunn Korneuburg Tulln
Cuestión prejudicial
¿Deben interpretarse los artículos 18 y 45, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el artículo 7, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n.º492/2011,1 los artículos 4, 5, letrab), 7 y 67 del Reglamento (CE) n.º883/2004,2 así como el artículo 60, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (CE) n.º987/2009,3 en el sentido de que se oponen a la aplicación de una normativa nacional que dispone que las prestaciones familiares por un hijo que no reside de forma efectiva y permanente en el Estado miembro que paga esas prestaciones familiares, pero que sí reside efectivamente en otro Estado miembro de la Unión Europea, en otra Parte contratante del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o en Suiza, deban ajustarse en función de los niveles de precios comparativos para ese otro Estado, en relación con el Estado miembro que paga las prestaciones familiares, publicados por la Oficina Estadística de la Unión Europea?