Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 29 de abril de 2020 — Rosellò/Italia
(Asunto C‑747/19P)
«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Recurso por responsabilidad extracontractual dirigido contra un Estado miembro»
1.Recurso de casación— Motivos— Motivos manifiestamente inadmisibles o manifiestamente infundados— Desestimación en cualquier momento, mediante auto motivado y sin faseoral
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.181)
(véase el apartado7)
2.Procedimiento judicial— Recurso de anulación o de indemnización interpuesto por una persona física contra un Estado miembro— Incompetencia manifiesta del Tribunal General— Inadmisibilidad
(Arts.268TFUE y 340TFUE, párrs.3y4)
(véanse los apartados 12a14)
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación por ser, en parte, manifiestamente infundado y, en parte, manifiestamente inoperante. |
2) |
| El Sr.Jorge Minguel Rosellò cargará con sus propias costas. |