(Asunto T‑383/17
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑383/17

Fecha: 02-Abr-2020





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 2 de abril de 2020 — Hansol Paper/Comisión

(Asunto T383/17)

«Dumping— Importaciones de determinado papel térmico ligero originario de la República de Corea— Derecho antidumping definitivo— Cálculo del margen de dumping— Cálculo del margen de perjuicio— Determinación del perjuicio»

1.Procedimiento judicial— Escrito de interposición del recurso— Requisitos de forma— Determinación del objeto del litigio— Exposición sumaria de los motivos invocados

[Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.21, párr.1, y 53, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.76, letrad)]

(véanse los apartados 35 a39)

2.Recurso de anulación— Sentencia anulatoria— Alcance— Anulación parcial de un acto del Derecho de la Unión— Requisito— Naturaleza separable de los elementos anulables del acto impugnado

(Art.264TFUE)

(véanse los apartados 44 a47)

3.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Margen de dumping— Comparación entre el valor normal y el precio de exportación— Método que debe permitir reflejar el dumping en toda su magnitud

[Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.2, ap.11]

(véanse los apartados 74, 75 y 83 a87)

4.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Facultad de apreciación de las instituciones— Control jurisdiccional— Límites

[Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.2, ap.11]

(véanse los apartados 77 y78)

5.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Determinación de los derechos antidumping— Derecho antidumping que no debe superar el importe necesario para neutralizar los efectos perjudiciales de las importaciones objeto de dumping

[Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.9, ap.4]

(véanse los apartados 101 a105)

6.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Procedimiento antidumping— Derecho a una buena administración— Alcance

[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.41; Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo]

(véanse los apartados 110 a112)

7.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Procedimiento antidumping— Derecho de defensa— Derecho a seroído— Alcance

[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.41; Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo]

(véanse los apartados 113 y114)

8.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Margen de dumping— Determinación del precio de exportación— Utilización de un precio de exportación calculado— Comparación entre el valor normal y el precio de exportación— Ajustes

[Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.2, aps.9 y10]

(véanse los apartados 126 a137)

9.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Margen de dumping— Determinación del valor normal— Dato que debe tenerse en cuenta con carácter prioritario— Precio cobrado en las operaciones comerciales normales— Excepciones establecidas en el Reglamento antidumping debase— Carácter exhaustivo

[Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.2, aps.1y3]

(véanse los apartados 148 a158)

10.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Procedimiento antidumping— Derecho de acceso a los documentos no confidenciales del procedimiento— Utilización de documentos derivados de un procedimiento antidumping en apoyo de un recurso interpuesto en el marco de otro procedimiento antidumping— Requisitos

[Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.6, ap.7]

(véanse los apartados 192 a195)

11.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Margen de dumping— Determinación del precio de exportación— Utilización de un precio de exportación calculado— Precio de exportación en las reventas del producto considerado por empresas vinculadas establecidas en la Unión— Ajustes— Criterios

[Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.2, ap.9]

(véanse los apartados 196 a204)

12.Política comercial común— Defensa contra las prácticas de dumping— Perjuicio— Determinación de la relación de causalidad— Obligaciones de las instituciones— Cálculo de la subcotización del precio de las importaciones en cuestión

[Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.3, aps.2y3]

(véanse los apartados 208 a212)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/763 de la Comisión, de 2 de mayo de 2017, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinado papel térmico ligero originario de la República de Corea (DO 2017, L114, p.3), en lo que afecta a la demandante.

Fallo

1)

Retirar de los autos el documento aportado con la demanda como anexoA.32.

2)

Anular el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/763 de la Comisión, de 2 de mayo de 2017, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinado papel térmico ligero originario de la República de Corea, en lo que afecta a Hansol Paper Co.Ltd.

3)

La Comisión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las de Hansol Paper.

4)

European Thermal Paper Association (ETPA) cargará con sus propias costas.

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