Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 25 de junio de 2020 — Off‑White/EUIPO (OFF‑WHITE)
(Asunto T‑133/19)
«Marca de la Unión Europea— Solicitud de marca figurativa de la Unión OFF‑WHITE— Desestimación parcial de la solicitud de registro— Motivos de denegación absolutos— Carácter descriptivo— Falta de carácter distintivo— Nombre de color— Artículo 7, apartado 1, letrasb) yc), del Reglamento (UE) 2017/1001»
1.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]
(véanse los apartados 20, 22, 23 y35)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Marca figurativa OFF‑WHITE
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]
(véanse los apartados 32, 46 y 56 a59)
3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto de característica
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrac)]
(véanse los apartados 36 y37)
4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Examen por separado de los distintos motivos de denegación— Interpretación de los motivos de denegación a la luz del interés general que subyace en cada uno de ellos
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrasb) yc)]
(véanse los apartados 50 a52)
5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación absolutos— Marcas carentes de carácter distintivo— Concepto— Criterios de apreciación
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.7, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 54 y55)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 14 de diciembre de 2018 (asunto R580/2018‑2), relativa a una solicitud de registro del signo figurativo OFF‑WHITE como marca de la Unión Europea. |
Fallo
1) |
| Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 14 de diciembre de 2018 (asunto R580/2018‑2) en la parte en que deniega el registro como marca de la Unión Europea del signo figurativo OFF‑WHITE para los productos comprendidos en las clases 9 y 20, del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, de 15 de junio de 1957, en su versión revisada y modificada, y para los «relojes; relojes de pared; relojería e instrumentos cronométricos, pulseras de reloj, carcasas de reloj; estuches de presentación para relojes; joyeros» y las «piedras preciosas, piedras semipreciosas» comprendidos en la clase14. |
2) |
| La EUIPO cargará con sus propias costas y con las costas de Off-White LLC, incluidos los gastos indispensables en que esta haya incurrido a efectos del procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO. |