(Asunto C-316/20 Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca dos Açores (Portugal) el 16 de julio de 2020 — VO y otros / SATA International — Azores Airlines,SA
Fecha: 16-Jul-2020
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca dos Açores (Portugal) el 16 de julio de 2020 — VO y otros / SATA International — Azores Airlines,SA
(Asunto C-316/20)
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Judicial da Comarca dos Açores
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: VO, ZO, ML, NB, KE, JE, PI,VY
Demandada: SATA International — Azores Airlines,SA
Cuestión prejudicial
¿Incluye el concepto de viajes con billete de precio reducido que no esté directa o indirectamente a disposición del público a los pasajeros que han pagado una parte de su pasaje, cuando el valor restante ha sido soportado por la compañía aérea, en el marco del patrocinio de una competición deportiva?
Mediante auto de 26 de noviembre de 2020, el Tribunal de Justicia (Sala Novena) declaró:
El artículo 3, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.º295/91,1 debe interpretarse en el sentido de que dicho Reglamento no se aplica a un pasajero que viaja con un billete con tarifa preferente emitido por un transportista aéreo en el marco de una operación de patrocinio de un evento, cuyo disfrute está limitado a personas determinadas y cuja emisión supone la autorización previa e individualizada de ese transportista aéreo.