Auto de la Vicepresidenta del Tribunal de Justicia de 9 julio de 2020 - Dekoback/EUIPO
(Asunto C‑193/20P)
«Recurso de casación— Marca de la Unión Europea— Admisión a trámite de los recursos de casación— Artículo 170bis, apartados 2 y 3, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Requisitos formales de la solicitud de admisión a trámite del recurso de casación— Falta de subsanación— Inadmisibilidad»
Recurso de casación— Régimen de admisión previa— Solicitud de admisión del recurso de casación— Requisitos de forma— Incumplimiento— Falta de subsanación— Inadmisibilidad
[Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170bis, aps.2 y3]
(véanse los apartados 5, 6 y 9 a12)
Fallo
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| Declarar la inadmisibilidad del recurso de casación. |
2) |
| Dekoback GmbH cargará con sus propias costas. |