Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 21 de enero de 2021 — UNMLibres
(Asunto C‑105/20)(1)
«Procedimiento prejudicial— Artículos 53, apartado 2, y 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Resolución de remisión— Falta de indicación de las razones que justifican la necesidad de que se responda a las cuestiones prejudiciales a efectos de la resolución del litigio principal— Inadmisibilidad manifiesta de la petición de decisión prejudicial»
1.Cuestiones prejudiciales— Admisibilidad— Necesidad de una decisión prejudicial y pertinencia de las cuestiones planteadas— Apreciación por el órgano jurisdiccional nacional— Presunción de pertinencia de las cuestiones prejudiciales planteadas
(Art.267TFUE)
(véanse los apartados 25y26)
2.Cuestiones prejudiciales— Admisibilidad— Petición que no expone las razones que justifican la remisión al Tribunal de Justicia— Inadmisibilidad manifiesta
(Art.267TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.23; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.53, ap.2,y94)
(véanse los apartados 27 a 33 y el fallo)
Fallo
Declarar la inadmisibilidad manifiesta de la petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal du travail de Nivelles (Tribunal de lo Laboral de Nivelles, Bélgica) mediante resolución de 3 de febrero de2020.
1 DO C175 de 25.5.2020.