Asunto C‑670/20
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑670/20

Fecha: 06-Dic-2021

Encabezado

AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta)

de 6 de diciembre de 2021(*)

«Procedimiento prejudicial— Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Protección de los consumidores— Directiva 93/13/CEE— Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores— Contrato de préstamo denominado en moneda extranjera— Cláusulas que exponen al prestatario a un riesgo de tipo de cambio— Artículo 4, apartado2— Exigencias de inteligibilidad y de transparencia— Falta de relevancia de la declaración del consumidor según la cual este es plenamente consciente de los riesgos potenciales derivados de la suscripción de un préstamo denominado en moneda extranjera— Redacción clara y comprensible de una cláusula contractual»

En el asunto C‑670/20,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267TFUE, por el Ráckevei járásbíróság (Tribunal de Distrito de Ráckeve, Hungría), mediante resolución de 9 de noviembre de 2020, recibida en el Tribunal de Justicia el 8 de diciembre de 2020, en el procedimiento entre EP, TA, FV, TB y ERSTE Bank Hungary Zrt.,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta),

integrado por el Sr.L.Bay Larsen, Vicepresidente del Tribunal de Justicia, en funciones de Presidente de la Sala Sexta, y los Sres.N.Jääskinen (Ponente) y M.Safjan, Jueces;

Abogada General: Sra.J.Kokott;

Secretario: Sr.A.Calot Escobar;

vista la decisión adoptada por el Tribunal de Justicia, tras oír a la Abogada General, de resolver mediante auto motivado de conformidad con el artículo 99 de su Reglamento de Procedimiento;

dicta el siguiente

Auto

La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 4, apartado 2, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L95, p.29).

Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre, por una parte, EP, TA, FV y TB y, por otra parte, ERSTE Bank Hungary Zrt. (en lo sucesivo, «banco»), en relación con el carácter supuestamente abusivo de una cláusula incluida en un contrato de préstamo denominado en moneda extranjera, que impone la devolución del préstamo en la moneda nacional.