Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 24 de febrero de 2021 — Sonova/EUIPO Digitmarket (B-Direct)
(Asunto T‑61/20)
«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Registro internacional que designa a la Unión Europea— Marca denominativa B‑Direct— Marca figurativa anterior de la Unión bizdirect— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.º207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001]»
1.Marca de la Unión Europea— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Nuevo examen de los hechos a la luz de pruebas presentadas por primera vez anteél— Exclusión
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.72]
(véase el apartado24)
2.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 30 a 32 y103)
3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación— Marca compuesta
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 33, 58, 59, 67y68)
4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 38y39)
5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca denominativa B‑Direct y marca figurativa bizdirect
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 44, 52, 61, 64, 71, 94 y108)
6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Apreciación del riesgo de confusión— Determinación del público pertinente— Nivel de atención del público
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 49y51)
7.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Similitud gráfica entre una marca figurativa y una marca denominativa
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 74y75)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 28 de noviembre de 2019 (asunto R88/2019‑1), relativa a un procedimiento de oposición entre Digitmarket — Sistemas de Informação y Sonova. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a SonovaAG. |