(Asunto C-186/21 Petición de decisión prejudicial planteada por el Upravno sodišče Republike Slovenije (Eslovenia) el 25 de marzo de 2021 — República de Eslovenia
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-186/21 Petición de decisión prejudicial planteada por el Upravno sodišče Republike Slovenije (Eslovenia) el 25 de marzo de 2021 — República de Eslovenia

Fecha: 25-Mar-2021

Petición de decisión prejudicial planteada por el Upravno sodišče Republike Slovenije (Eslovenia) el 25 de marzo de 2021 — República de Eslovenia

(Asunto C-186/21)

Lengua de procedimiento: esloveno

Órgano jurisdiccional remitente

Upravno sodišče Republike Slovenije

Partes en el procedimiento principal

Recurrente:J.A.

Recurrida: República de Eslovenia

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 8, apartado 3, letrad), de la Directiva de acogida II1 en el sentido de que la expresión «[tales como] […], en particular» engloba expresamente entre los criterios objetivos el hecho de que el «interesado ya ha[ya] tenido la oportunidad de acceder al procedimiento de asilo»?

En caso de respuesta negativa a la cuestión anterior, ¿debe interpretarse el artículo 8, apartado 3, letrad), de la Directiva de acogidaII en el sentido de que, en las circunstancias descritas, el internamiento únicamente es admisible cuando concurren los criterios objetivos establecidos de antemano y se constata que el solicitante ya ha tenido la oportunidad de presentar una solicitud de protección internacional, en cuyo caso podría presumirse fundadamente que dicha solicitud únicamente se presentó para retrasar o frustrar una decisión de retorno?

____________

1 Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional (refundición) (DO 2013, L180, p.96).
Vista, DOCUMENTO COMPLETO