Auto del Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) de 24 de marzo de 2021 — smart things solutions/EUIPO
(Asunto C‑681/20P)
«Recurso de casación— Marca de la Unión Europea— Admisión a trámite de recursos de casación— Artículo 170ter del Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia— Solicitud que no demuestra la importancia de una cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— No admisión a trámite del recurso de casación»
1.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Carga de la prueba
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170ter)
(véase el apartado11)
2.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Solicitud de admisión a trámite de un recurso de casación— Requisitos de forma— Alcance
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis y 170ter)
(véanse los apartados 12a14)
3.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis y 170ter)
(véanse los apartados 15y17)
4.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión— Inadmisión
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis y 170ter)
(véanse los apartados 16, 18, 19 y 21a24)
5.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Principio de igualdad de trato— Principio de buena administración— Práctica decisoria anterior de la Oficina— Principio de legalidad— Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo]
(véase el apartado20)
Fallo
1) |
| No admitir a trámite el recurso de casación. |
2) |
| smart things solutions GmbH cargará con sus propias costas. |