Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 25 de marzo de 2021 — Comisión/Hungría (Impuesto especial sobre los cigarrillos)
(Asunto C‑856/19)(1)
«Incumplimiento de Estado— Artículo 258TFUE— Directiva 2011/64/UE— Artículo 10, apartados 2y3— Impuesto especial que grava las labores del tabaco— Tipo del impuesto especial global sobre los cigarrillos inferior al tipo mínimo establecido— Dificultades internas— Riesgo de trastornos graves del orden público— Obligación de cooperaciónleal»
1.Estados miembros— Obligaciones derivadas del Derecho de la Unión— Incumplimiento— Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno— Improcedencia
(Art.258TFUE)
(véanse los apartados 48y49)
2.Disposiciones fiscales— Armonización de las legislaciones— Impuestos distintos de los impuestos sobre el volumen de negocios que gravan el consumo de labores del tabaco— Directiva 2011/64/UE— Aplicación y recaudación, tras la expiración de un período transitorio, de un impuesto especial inferior al previsto por la Directiva— Improcedencia— Justificaciones— Inexistencia
(Directiva 2011/64/UE del Consejo, art.11, ap.2)
(véanse los apartados 51, 54, 64 y 65 y el punto 1 del fallo)
3.Actos de las instituciones— Directivas— Plazos para la ejecución— Prórroga de un plazo que resulta insuficiente— Procedimiento
(Art.288TFUE)
(véase el apartado55)
4.Estados miembros— Obligaciones— Incumplimiento— Justificación— Principio de cooperaciónleal— Invocación por un Estado miembro para oponerse a la declaración de incumplimiento— Improcedencia
(Art.258TFUE)
(véanse los apartados 57y59)
Fallo
1) |
| Hungría ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 10, apartados 2 y 3, de la Directiva 2011/64/UE del Consejo, de 21 de junio de 2011, relativa a la estructura y los tipos del impuesto especial que grava las labores del tabaco, dado que, tras la expiración del período transitorio concedido hasta el 31 de diciembre de 2017, ha aplicado a los cigarrillos un impuesto especial global inferior al 60% del precio medio ponderado de venta al por menor de los cigarrillos despachados a consumo y ha recaudado un impuesto especial inferior a 115euros por 1000cigarrillos. |
2) |
| Condenar en costas a Hungría. |
1 DO C19 de 20.1.2020.