(Asunto C-283/21 Petición de decisión prejudicial planteada por el Landessozialgericht Nordrhein-Westfalen (Alemania) el 4 de mayo de 2021 — VA / Deutsche RentenversicherungBund
Fecha: 04-May-2021
Petición de decisión prejudicial planteada por el Landessozialgericht Nordrhein-Westfalen (Alemania) el 4 de mayo de 2021 — VA / Deutsche RentenversicherungBund
(Asunto C-283/21)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Landessozialgericht Nordrhein-Westfalen
Partes en el procedimiento principal
Demandante: VA
Demandada: Deutsche RentenversicherungBund
Coadyuvante: RB
Cuestiones prejudiciales
¿En virtud de la normativa de los Países Bajos ―como Estado miembro competente con arreglo a las disposiciones del títuloII del Reglamento (CE) n.º883/20041 ― se consideran los períodos de educación de los hijos en el sentido del artículo 44, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º987/20092 por el hecho de que en los Países Bajos el período de educación de los hijos confiere un derecho de pensión en cuanto mero período de residencia?
En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial:
¿Debe interpretarse el [artículo] 44, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º987/2009, como desarrollo de las sentencias del Tribunal de Justicia de 23 de noviembre de 2000 (asunto C-135/99)3 y de 19 de julio de 2012 (asunto C-522/10)4 extensivamente en el sentido de que el Estado miembro competente debe considerar los períodos de educación de los hijos cuando la persona a cargo de la educación haya cubierto períodos que confieren derechos a pensión antes y después de la educación de los hijos en virtud de formación o empleo únicamente en el régimen de ese Estado, aunque no haya cotizado a dicho régimen inmediatamente antes o después de la educación de los hijos?