(Asunto C‑703/20
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑703/20

Fecha: 06-May-2021





Auto del Tribunal de Justicia (Novena Sala) de 6 de mayo de 2021 — PONS HOLDING

(Asunto C703/20)

«Procedimiento prejudicial— Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Normativa nacional que prevé la imposición de una sanción pecuniaria a una persona jurídica que se enriquecido como consecuencia de una infracción cometida por una persona física sin que esta última incurra necesariamente en responsabilidad penal— Derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Artículos 47y48— Falta de conexión con el Derecho de la Unión— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»

Cuestiones prejudiciales— Competencia del Tribunal de Justicia— Límites— Petición de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión— Objeto del litigio nacional que no presenta ningún elemento de conexión con el Derecho de la Unión— Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia

(Art.6TUE, ap.1; art.267TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.51, aps.1 y 2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.53, ap.2)

(véanse los apartados 11 y 15 a 18 y el fallo)

Fallo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por el Sofiyski gradski sad (Tribunal de la ciudad de Sofía, Bulgaria) mediante resolución de 9 de diciembre de2020.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO