Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 12 de mayo de 2021 — Tornado Boats International/EUIPO — Haygreen (TORNADO)
(Asunto T‑167/20)
«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de nulidad— Marca figurativa de la Unión TORNADO— Causa de nulidad absoluta— Malafe— Artículo 52, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.º207/2009 [actualmente artículo 59, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001]»
1.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Mala fe al presentar la solicitud de la marca— Criterios de apreciación— Consideración de todos los factores pertinentes existentes en el momento de la presentación de la solicitud de registro— Conocimiento por parte del solicitante de la utilización por un tercero de un signo idéntico o similar— Intención del solicitante— Grado de protección jurídica de los signos controvertidos— Lógica comercial en la que se basa el registro del signo controvertido como marca de la Unión— Cronología de los acontecimientos que caracterizaron la presentación de la solicitud de marca
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.52, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 43, 44, 48, 50y51)
2.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Mala fe al presentar la solicitud de la marca— Concepto de malafe— Alcance
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.52, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 45a47)
3.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Mala fe al presentar la solicitud de la marca— Marca figurativa TORNADO
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo, art.52, ap.1, letrab)]
(véanse los apartados 58, 59, 64 a 71, 73y74)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 17 de enero de 2020 (asunto R1169/2018‑1), relativa a un procedimiento de nulidad entre M.Haygreen y Tornado Boats International. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Tornado Boats International ApS cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). |
3) |
| El Sr.David Haygreen cargará con sus propias costas. |