(Asunto T‑714/20
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑714/20

Fecha: 05-May-2021





Auto del Presidente del Tribunal General de 5 de mayo de 2021 — Ovsyannikov/Consejo

(Asunto T714/20R)

«Procedimiento sobre medidas provisionales— Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania— Inmovilización de fondos— Demanda de suspensión de la ejecución— Inexistencia de urgencia»

Procedimiento sobre medidas provisionales— Suspensión de la ejecución— Medidas provisionales— Requisitos para su concesión— Urgencia— Perjuicio grave e irreparable— Carga de la prueba— Perjuicio económico— Obligación de aportar indicaciones concretas y precisas, confirmadas por pruebas documentales detalladas— Falta de exposición de la situación económica del demandante— Inexistencia de urgencia

(Arts.278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.156, ap.4)

(véanse los apartados 23, 30 a 32, 36y37)

Objeto

Demanda basada en los artículos 278TFUE y 279TFUE por la que se solicita la suspensión de la ejecución de la Decisión 2014/145/PESC del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2014, L78, p.16); del Reglamento (UE) n.º269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2014, L78, p.6); de la Decisión (PESC) 2017/2163 del Consejo, de 20 de noviembre de 2017, por la que se modifica la Decisión 2014/145 (DO 2017, L304, p.51); del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2153 del Consejo, de 20 de noviembre de 2017, por el que se aplica el Reglamento n.º269/2014 (DO 2017, L304, p.3); de la Decisión (PESC) 2020/399 del Consejo, de 13 de marzo de 2020, por la que se modifica la Decisión 2014/145 (DO 2020, L78, p.44); del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/398 del Consejo, de 13 de marzo de 2020, por el que se aplica el Reglamento n.º269/2014 (DO 2020, L78, p.1); de la Decisión (PESC) 2020/1269 del Consejo, de 10 de septiembre de 2020, por la que se modifica la Decisión 2014/145 (DO 2020, L298, p.23); del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1267 del Consejo, de 10 de septiembre de 2020, por el que se aplica el Reglamento n.º269/2014 (DO 2020, L298, p.1); de la Decisión (PESC) 2020/1368 del Consejo, de 1 de octubre de 2020, por la que se modifica la Decisión 2014/145 (DO 2020, L318, p.5), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1367 del Consejo, de 1 de octubre de 2020, por el que se aplica el Reglamento n.º269/2014 (DO 2020, L318, p.1), en la medida en que estos actos atañen al demandante.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Reservar la decisión sobre las costas.

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