(Asunto C-346/21 Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação do Porto (Portugal) el 4 de junio de 2021 — ING Luxembourg SA/VX
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-346/21 Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação do Porto (Portugal) el 4 de junio de 2021 — ING Luxembourg SA/VX

Fecha: 04-Jun-2021

Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação do Porto (Portugal) el 4 de junio de 2021 — ING Luxembourg SA/VX

(Asunto C-346/21)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal da Relação do Porto

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: ING LuxembourgSA

Recurrida: VX

Cuestiones prejudiciales

¿Cabe interpretar el artículo 8 del Reglamento (CE) n.º1393/20071 en el sentido de que puede considerarse válida, en las circunstancias del presente asunto, la notificación mediante carta certificada dirigida a una sociedad con domicilio social en otro Estado miembro, sin utilizar el formulario que figura en el anexoII del Reglamento n.º1393/2007?

¿Cabe interpretar el Reglamento (CE) n.º1393/2007 y los principios de Derecho de la Unión que figuran en el mismo en el sentido de que se oponen a la aplicación del artículo 191, apartado 2, del Código de Processo Civil (Código de Procedimiento Civil) portugués al presente asunto, en la medida en que dicha disposición prevé que la invocación de la nulidad de la notificación debe efectuarse en un plazo determinado (a saber, el plazo previsto para contestar a la demanda)?

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1 Reglamento (CE) n.º1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil («notificación y traslado de documentos») y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º1348/2000 del Consejo (DO 2007, L324, p.79).
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