(Asunto C-351/21 Petición de decisión prejudicial planteada por la Justice de paix du canton de Forest (Bélgica) el 4 de junio de 2021 — ZG / BeobankSA
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-351/21 Petición de decisión prejudicial planteada por la Justice de paix du canton de Forest (Bélgica) el 4 de junio de 2021 — ZG / BeobankSA

Fecha: 04-Jun-2021

Petición de decisión prejudicial planteada por la Justice de paix du canton de Forest (Bélgica) el 4 de junio de 2021 — ZG / BeobankSA

(Asunto C-351/21)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Justice de paix du canton de Forest

Partes en el procedimiento principal

Demandante:ZG

Demandada: BeobankSA

Cuestiones prejudiciales

1)En virtud del artículo 38, párrafo primero, letraa), de la Directiva 2007/64/CE,1 ¿tiene el proveedor de servicios una obligación de medios o una obligación de resultado en cuanto a la comunicación de «información relativa al beneficiario»?

2)La «información relativa al beneficiario» a la que se refiere esta disposición, ¿comprende la información que permite identificar a la persona física o jurídica beneficiaria delpago?

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1 Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, sobre servicios de pago en el mercado interior, por la que se modifican las Directivas 97/7/CE, 2002/65/CE, 2005/60/CE y 2006/48/CE y por la que se deroga la Directiva 97/5/CE (DO 2007, L319, p.1).
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