(Asunto C‑359/20
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑359/20

Fecha: 08-Jun-2021





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 8 de junio de 2021 — Talanton/Comisión

(Asunto C359/20P)(1)

«Recurso de casación— Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Cláusula compromisoria— Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007 a 2013)— Acuerdo de subvención— Costes no elegibles— Decisión de recuperación— Recurso del beneficiario ante el Tribunal General sobre la base del artículo 272TFUE— Desnaturalización de los hechos— Plazo razonable— Principio de buenafe— Confianza legítima— Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado»

1.Recurso de casación— Motivos— Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas— Inadmisibilidad— Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas— Exclusión salvo en caso de desnaturalización— Motivo basado en la desnaturalización de las pruebas— Necesidad de indicar con precisión los elementos desnaturalizados y de demostrar los errores de análisis que condujeron a esa desnaturalización

(Art.256TFUE, ap.1, párr.2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1)

(véase el apartado35)

2.Presupuesto de la Unión Europea— Ayuda económica de la Unión— Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda— Procedimiento incoado por la Comisión para recuperar los anticipos abonados— Recaudación de créditos de la Unión contra terceros— Inexistencia de prescripciones reglamentarias— Inexistencia de prescripciones contractuales— Respeto del principio del plazo razonable— Criterios de apreciación

[Art.272TFUE; Reglamento (CE) n.º1605/2002 del Consejo; Reglamento (CE) n.º2342/2002 de la Comisión]

(véanse los apartados 39a41)

3.Recurso de casación— Motivos— Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación— Inadmisibilidad

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.170, ap.1)

(véase el apartado46)

4.Recurso de casación— Motivos— Error de Derecho— Aplicación errónea del principio de ejecutar de buena fe los acuerdos de subvención— Motivo manifiestamente infundado

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.181)

(véanse los apartados 50a55)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación por ser, en parte, manifiestamente inadmisible y, en parte, manifiestamente infundado.

2)

Condenar en costas a Talanton Anonymi Emporiki — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon.


1 DO C320 de 28.9.2020.

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