Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 16 de junio de 2021 — Fidia farmaceutici/EUIPO — Ioulia and Irene Tseti Pharmaceutical Laboratories (HYAL)
(Asunto T‑215/20)
«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de nulidad— Marca denominativa de la UniónHYAL— Artículo 51, apartado 1, letraa), del Reglamento (CE) n.º40/94 [actualmente artículo 59, apartado 1, letraa), del Reglamento (UE) 2017/1001]— Motivo de denegación absoluto— Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento n.º40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento 2017/1001]— Derecho a seroído— Principio de contradicción— Obligación de motivación— Buena administración e igualdad de trato— Artículo 165, apartado 1, del Reglamento 2017/1001»
1.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o servicio— Objetivo— Imperativo de disponibilidad
[Reglamento (CE) n.º40/94 del Consejo, arts.7, ap.1, letrac), y51, ap.1, letraa)]
(véase el apartado36)
2.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto
[Reglamento (CE) n.º40/94 del Consejo, arts.7, ap.1, letrac), y51, ap.1, letraa)]
(véase el apartado37)
3.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Apreciación del carácter descriptivo de un signo— Criterios
[Reglamento (CE) n.º40/94 del Consejo, arts.7, ap.1, letrac), y51, ap.1, letraa)]
(véanse los apartados 38, 53y54)
4.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Registro contrariamente al artículo 7 del Reglamento (CE) n.º40/94— Fecha pertinente para el examen de una causa de nulidad absoluta— Fecha de presentación de la solicitud de registro
[Reglamento (CE) n.º40/94 del Consejo, arts.7, ap.1, y51, ap.1, letraa)]
(véanse los apartados 39y58)
5.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Marca denominativaHYAL
[Reglamento (CE) n.º40/94 del Consejo, arts.7, ap.1, letrac), y51, ap.1, letraa)]
(véanse los apartados 63, 69, 71y76)
6.Marca de la Unión Europea— Renuncia, caducidad y nulidad— Causas de nulidad absoluta— Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio— Concepto
[Reglamento (CE) n.º40/94 del Consejo, arts.7, ap.1, letrac), y51, ap.1, letraa)]
(véanse los apartados 66a68)
7.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Resoluciones de la Oficina— Respeto del derecho de defensa— Alcance del principio
[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art.41, ap.2, letraa); Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento y del Consejo, art.94, ap.1, segunda frase]
(véanse los apartados 83y84)
8.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Examen de oficio de los hechos— Procedimiento de nulidad relativo a motivos de denegación absolutos— Examen limitado a los motivos invocados
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.7, ap.1, 59, ap.1, letraa), y95, ap.1]
(véase el apartado97)
9.Marca de la Unión Europea— Normas de procedimiento— Motivación de las resoluciones— Artículo 94, apartado 1, primera frase, del Reglamento (UE) 2017/1001— Alcance idéntico al del artículo 296TFUE
[Art.296TFUE; Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.94, ap.1, primera frase]
[véase el apartado111]
10.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Principio de igualdad de trato— Principio de buena administración— Práctica decisoria anterior de la Oficina— Principio de legalidad— Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo]
(véanse los apartados 112 a114]
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de enero de 2020 (asunto R613/2019‑5), relativa a un procedimiento de nulidad entre Ioulia and Irene Tseti Pharmaceutical Laboratories y Fidia farmaceutici.
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Fidia farmaceuticiSpA. |