(Asunto T‑227/20
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑227/20

Fecha: 30-Jun-2021





Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 30 de junio de 2021 — Biovene Cosmetics/EUIPO — Eugène Perma France (BIOVÈNE BARCELONA)

(Asunto T227/20)

«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca figurativa de la Unión BIOVÈNE BARCELONA— Marca denominativa anterior de la Unión BIORENE— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001»

1.Marca de la Unión Europea— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Control de la legalidad de las resoluciones adoptadas por las Salas de Recurso— Anulación o modificación por motivos surgidos después de dictada la resolución— Exclusión

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.72, ap.2,y95]

(véanse los apartados 27a29)

2.Marca de la Unión Europea— Procedimiento de recurso— Recurso ante el juez de la Unión— Competencia del Tribunal General— Nuevo examen de los hechos a la luz de pruebas presentadas por primera vez anteél— Exclusión

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento y del Consejo, art.72]

(véase el apartado35)

3.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Criterios de apreciación

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 40, 41y85)

4.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre los productos o servicios de que se trata— Criterios de apreciación

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 44, 49y53)

5.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Marca figurativa BIOVÈNE BARCELONA y marca denominativa BIORENE

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véanse los apartados 50 a 52, 54, 55, 65 a 69, 73 a 75, 77, 80 a 83, 86y87)

6.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Similitud entre las marcas de que se trata— Criterios de apreciación

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véase el apartado60)

7.Marca de la Unión Europea— Definición y adquisición de la marca de la Unión— Motivos de denegación relativos— Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares— Riesgo de confusión con la marca anterior— Consideración de las circunstancias objetivas de comercialización

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art.8, ap.1, letrab)]

(véase el apartado88)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 12 de febrero de 2020 (asunto R1661/2019‑4), relativa a un procedimiento de oposición entre Eugène Perma France y Biovene Cosmetics.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Biovene Cosmetics,S.L.

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