(Asunto C-494/21 Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court (Irlanda) el 11 de agosto de 2021 — Eircom Limited / Commission for Communications Regulation
Fecha: 11-Ago-2021
Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court (Irlanda) el 11 de agosto de 2021 — Eircom Limited / Commission for Communications Regulation
(Asunto C-494/21)
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
High Court
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Eircom Limited
Recurrida: Commission for Communications Regulation
con intervención de: Vodafone Ireland Limited, Three Ireland (Hutchinson) Limited, Three Ireland Services (Hutchinson) Limited
Cuestión prejudicial
En unas circunstancias en lasque:
el mercado de las telecomunicaciones se ha liberalizado y en él participan muchos proveedores de servicios de telecomunicaciones;
la autoridad nacional de reglamentación (en lo sucesivo, «ANR») ha seleccionado a un proveedor de servicios (en lo sucesivo, «Proveedor del Servicio Universal» o «PSU») para cumplir las Obligaciones de Servicio Universal (en lo sucesivo, «OSU»);
la ANR ha determinado que existe un coste neto positivo derivado del cumplimiento de las OSU (en lo sucesivo, «Coste Neto de las OSU»);y
la ANR ha determinado que el Coste Neto de las OSU es significativo en comparación con los costes administrativos de establecer un mecanismo para repartir el Coste Neto de las OSU entre los participantes en el mercado;
en caso de que, en virtud de las obligaciones que le incumben con arreglo a la Directiva 2002/221 del Servicio Universal, la ANR deba apreciar si el Coste Neto de las OSU es excesivo a la luz de la capacidad del PSU de soportarlo, habida cuenta del conjunto de características que le son propias, en particular, del nivel de sus equipos, su situación económica y financiera, así como de su cuota de mercado (en el sentido del apartado 42 de la sentencia Base) ¿permiten las Directivas que la ANR realice esa apreciación teniendo exclusivamente en cuenta las características / la situación del PSU, o debe evaluar las características / la situación del PSU en relación con las de sus competidores en el mercado de que se trate?
1 Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal) (DO 2002, L108, p.51).