Auto del Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) de 1 de septiembre de 2021 — sprd.net/EUIPO
(Asunto C‑236/21P)
«Recurso de casación— Marca de la Unión Europea— Admisión a trámite de recursos de casación— Artículo 170ter del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Solicitud que no demuestra la importancia de la cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Inadmisión a trámite del recurso de casación»
1.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Carga de la prueba
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis, ap.1, y 170ter)
(véase el apartado14)
2.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Solicitud de admisión a trámite de un recurso de casación— Requisitos de forma— Alcance
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis, ap.1, y 170ter)
(véanse los apartados 15a17)
3.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión— Inadmisión a trámite
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis, ap.1, y 170ter)
(véanse los apartados 18, 21, 23y24)
4.Marca de la Unión Europea— Resoluciones de la Oficina— Legalidad— Práctica decisoria anterior de la Oficina
[Reglamento (CE) n.º207/2009 del Consejo; Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo]
(véase el apartado19)
5.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Carácter contrario a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión— Inadmisión a trámite
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis, ap.1, y 170ter)
(véase el apartado20)
6.Recurso de casación— Régimen de previa admisión a trámite— Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión— Motivación insuficiente o contradictoria— Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión— Inadmisión a trámite
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.170bis, ap.1, y 170ter)
(véase el apartado22)
Fallo
1) No admitir a trámite el recurso de casación.
2) sprd.net AG cargará con sus propias costas.