(Asunto T-832/17 Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2017 — achtung!/EUIPO (achtung!)
Fecha: 22-Dic-2017
Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2017 — achtung!/EUIPO (achtung!)
(Asunto T-832/17)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Recurrente: achtung! GmbH (Hamburgo, Alemania) (representantes: G.J.Seelig y D.Bischof, abogados)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Marca controvertida: Registro internacional que designa a la Unión Europea de la marca figurativa que incluye el elemento denominativo «achtung!» — Registro internacional que designa a la Unión Europea n.º1297443
Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 23 de octubre de 2017 en el asunto R490/2017-4
Pretensiones
La parte recurrente solicita al Tribunal Generalque:
Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la recurrida de 23 de octubre de 2017 (asunto R490/2017-4).
Modifique la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la recurrida de 23 de octubre de 2017 (asunto R490/2017-4), de manera que se garantice la protección del registro internacional n.º1297443 «achtung!» (denominativo/figurativo) para la Unión Europea.
Condene a la parte recurrida al pago de las costas del procedimiento y de los gastos indispensables de la recurrente en el procedimiento sustanciado ante la Sala de Recurso.
Motivos invocados
En apoyo de su recurso, la recurrente alega la infracción del artículo 72, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001. La recurrida incurrió en error al apreciar el carácter distintivo de la marca, conforme al artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001 y vulneró los principios de igualdad de trato y de buena administración.