(Asunto T-262/17 Recurso interpuesto el 30 de abril de 2017 — Metrans/Comisión e INEA
Fecha: 30-Abr-2017
Recurso interpuesto el 30 de abril de 2017 — Metrans/Comisión e INEA
(Asunto T-262/17)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Metrans a.s. (Praga, República Checa) (representante: A.Schwarz, abogado)
Demandadas: Comisión Europea y Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Anule con efectos inmediatos el elemento que figura con el código 2015-CZ-TM-0330-M, titulado «Terminal de contenedores multimodal Paskov, faseIII» y el elemento que figura con el código 2015-CZ-TM-0406-W, titulado «Terminal intermodal Melnik, fases 2 y 3», en la lista del anexo de la Decisión de Ejecución de la Comisión de 5 de agosto de 2016, por la que se establece la lista de propuestas seleccionadas para recibir asistencia financiera de la Unión Europea en el ámbito del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) — Sector del transporte, tras las convocatorias de propuestas iniciadas el 5 de noviembre de 2015 basadas en el Programa de Trabajo Plurianual.
Anule el acuerdo de subvención en el marco del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) — Sector del transporte n.ºINEA/CEF/TRAN/M2015/1133813 celebrado entre la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA) y Advanced World Transport a.s. (AWT) (relativo al proyecto 2015-CZ-TM-0330-M titulado «Terminal de contenedores multimodal Paskov»), o, con carácter subsidiario, declare su nulidad u ordene a INEA que ponga fin a dicho acuerdo de subvención relativo a Paskov.
Anule el acuerdo de subvención en el marco del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) — Sector del transporte n.ºINEA/CEF/TRAN/M2015/1138714 celebrado entre la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA) y České přístavy, a.s. (Puertos checos) (relativo al proyecto 2015-CZ-TM-0406-W titulado «Terminal intermodal Melnik, fases 2 y 3»), o, con carácter subsidiario, declare su nulidad u ordene a INEA que ponga fin a dicho acuerdo de subvención relativo a Melnik.
Condene a INEA y a la Comisión a cargar solidariamente con las costas de la demandante correspondientes al procedimiento.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
Primer motivo, basado en la alegación de que la medida impugnada vulnera principios fundamentales de los Tratados de la Unión relativos a la protección de la libertad de mercado y competencia en el mercado interior.
La demandante alega, en particular, que el establecimiento y la garantía del funcionamiento del mercado interior son principios fundamentales y obligaciones sobre las que se basa la Unión (artículo 26TFUE). Cualquier medida adoptada por la Unión debe ser siempre conforme con este principio constitutivo y cualquier medida contraria a él debe adoptarse siempre de acuerde con los principios de proporcionalidad y subsidiariedad.
Segundo motivo, basado en la alegación de que la medida impugnada infringe el artículo 93TFUE y otros artículos de dicho Tratado (artículos 3, 26, 93, 107, 119, 170, apartado 2, y 171, apartado 1, el Protocolo n.º8 y su artículo 1, y el Protocolo n.º27).
La demandante alega, en particular, que la medida controvertida constituye una ayuda, que no cumple el requisito de necesidad de coordinación en materia de transporte.
Tercer motivo, basado en la alegación de que la medida impugnada infringe el Reglamento (UE) n.º1316/2013 y el Reglamento (UE) n.º1315/2013 y normativa complementaria.
La demandante alega, en particular, que el otorgamiento de subvenciones no cumple todos los requisitos previos (incluso en el caso de ser conforme con otras normas de la Unión), por lo que la subvención no debería haberse concedido.