(Asunto T-433/17 Recurso interpuesto el 12 de julio de 2017 — Dehousse/Tribunal de Justicia
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-433/17 Recurso interpuesto el 12 de julio de 2017 — Dehousse/Tribunal de Justicia

Fecha: 12-Jul-2017

Recurso interpuesto el 12 de julio de 2017 — Dehousse/Tribunal de Justicia

(Asunto T-433/17)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Franklin Dehousse (Bruselas, Bélgica) (representantes: L.Levi y S.Rodrigues, abogados)

Demandada: Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Declare el presente recurso admisible y procedente.

por consiguiente,

Anule la decisión de 18 de mayo de 2017 mediante la cual la institución demandada denegó la solicitud confirmatoria de acceso a los documentos presentada por el demandante con fecha 12 de abril de 2017, así como la decisión de 22 de mayo de 2017 mediante la cual dicha institución denegó parcialmente la solicitud confirmatoria de acceso a los documentos presentada por el demandante con fecha 16 de marzo de 2017.

Reconozca la responsabilidad de la institución demandada a efectos del artículo 340TFUE.

Condene a la institución demandada a la reparación del daño moral sufrido por el demandante, estimado ex aequo et bono en 10000 (diez mil) euros, y, con carácter subsidiario, al pago de 1euro simbólico.

Condene a la institución demandada a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca tres motivos en relación con su pretensión de anulación y un motivo en lo que respecta a su pretensión de indemnización.

1.Primer motivo, basado en el incumplimiento de la Decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 11 de octubre de 2016, relativa al acceso del público a los documentos que obren en poder del Tribunal de Justicia de la Unión Europea actuando en ejercicio de sus funciones administrativas (2016/C445/03), en la infracción del artículo 15TFUE, apartado 3, y en la violación del artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en relación con el acceso del público a los documentos de las instituciones y al deber de transparencia. En particular, el demandante sostiene que las decisiones impugnadas deben ser anuladas por cuanto no facilitan determinados documentos, facilitan otros de forma incompleta, o bien los facilitan con numerosas partes ocultas.

2.Segundo motivo, basado en la infracción de los artículos 296TFUE y 41 de la Carta, en la medida en que las decisiones impugnadas adolecen de falta de motivación o de motivación insuficiente.

3.Tercer motivo, basado en la violación del principio de proporcionalidad.

En lo que concierne al cuestionamiento de la responsabilidad extracontractual de la Unión, el demandante sostiene que la institución demandada adoptó un comportamiento culposo que le hizo incurrir en responsabilidad. El demandante añade que ese comportamiento de la institución demandada le ocasionó un daño moral grave, cuya reparación reclama.

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