(Asunto T-491/17 Recurso interpuesto el 1 de agosto de 2017 — Opere Pie d’Onigo/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-491/17 Recurso interpuesto el 1 de agosto de 2017 — Opere Pie d’Onigo/Comisión

Fecha: 01-Ago-2017

Recurso interpuesto el 1 de agosto de 2017 — Opere Pie d’Onigo/Comisión

(Asunto T-491/17)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Istituzione Pubblica di Assistenza e Beneficienza «Opere Pie d’Onigo» (Pederobba, Italia) (representante: G.Maso, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule, íntegra o parcialmente, la decisión de la Comisión de 27 de marzo de 2017 (SA.38825) Ayuda estatal — Italia, supuesta ayuda estatal concedida a los proveedores privados de servicios sociosanitarios.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 107 TFUE y en el error cometido por la Comisión al considerar justificada la exclusión selectiva de las entidades públicas proveedoras de servicios sociosanitarios de las prestaciones económicas por maternidad del INPS (Instituto Nacional de Previsión Social) y del reembolso de los gastos por ausencia de los trabajadores que prestan asistencia a familiares con una discapacidad grave.

Segundo motivo, basado en el origen estatal de la ayuda, por considerar la demandante que los fondos destinados a cubrir los costes que tienen para las empresas privadas las prestaciones económicas por maternidad y los gastos generados por la ausencia de los trabajadores que prestan asistencia a familiares con una discapacidad grave son financiados por el INPS y, en consecuencia, por el Estado italiano mediante recursos estatales.

Tercer motivo, basado en el hecho de que, a juicio de la demandante, tales medidas favorecen a las empresas privadas, al concederles una ventaja en relación con las entidades públicas que prestan los mismos servicios, que deben soportar la totalidad de los costes relativos a los períodos de ausencia por maternidad y asistencia a familiares con una discapacidad grave, lo cual tiene importantes repercusiones económicas.

Cuarto motivo, basado en el hecho de que, en opinión de la demandante, las medidas controvertidas tienen incidencia en los intercambios entre Estados miembros, puesto que otorgan ventaja a los grupos multinacionales y a las empresas italianas con participación en su capital de empresas extranjeras que invierten con ánimo de lucro en Italia, mientras que penalizan a las entidades públicas de dimensiones reducidas que operan sin ánimo de lucro, alterando de este modo la estructura de los costes salariales.

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