(Asunto T-671/18 Recurso interpuesto el 15 de noviembre de 2018 — ZU/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-671/18 Recurso interpuesto el 15 de noviembre de 2018 — ZU/Comisión

Fecha: 15-Nov-2018

Recurso interpuesto el 15 de noviembre de 2018 — ZU/Comisión

(Asunto T-671/18)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ZU (representante: C.Bernard-Glanz, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la decisión del jefe de la Unidad de Gestión de Carrera y Movilidad, en la Dirección HR.B de la Dirección General de Recursos Humanos (en lo sucesivo, «DG HR») de la Comisión, adoptada el 12 de octubre de 2018, por la que se devuelve al demandante a la DGOLAF.

Anule la decisión del jefe de la Unidad de Gestión Contable del Centro 4, en la Dirección HR.AMC de la DG HR de la Comisión, adoptada el 29 de octubre de 2018, fijando provisionalmente la fecha de su cesión en el 1 de diciembre de2018.

Anule, junto con lo anterior, en la medida en que sea necesario, la decisión de la autoridad de nombramiento, que ha de adoptarse aún, por la que se desestima la reclamación del demandante.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula cinco motivos.

Primer motivo, basado en la insuficiente transparencia del procedimiento de transferencia, en la infracción del artículo 25 del Estatuto de los Funcionarios y en falta de motivación, en la vulneración del derecho de defensa del demandante en relación con la transferencia forzosa y en la vulneración del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y del derecho a seroído.

Segundo motivo, en el que se alega error manifiesto de apreciación del interés del servicio y violación del principio de buena administración.

Tercer motivo, en el que se alega omisión de datos cruciales frente a la transferencia inmediata del demandante a la OLAF, violación del principio de buena administración y vulneración de la protección de los denunciantes establecida en el artículo 22bis del Estatuto de los Funcionarios.

Cuarto motivo, basado en infracción del deber de diligencia.

Quinto motivo, en el que se alega abuso de poder.

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