(Asunto T-763/18 Recurso interpuesto el 30 de diciembre de 2018 — Lazarus Szolgáltató és Kereskedelmi/Comisión Europea
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-763/18 Recurso interpuesto el 30 de diciembre de 2018 — Lazarus Szolgáltató és Kereskedelmi/Comisión Europea

Fecha: 30-Dic-2018

Recurso interpuesto el 30 de diciembre de 2018 — Lazarus Szolgáltató és Kereskedelmi/Comisión Europea

(Asunto T-763/18)

Lengua de procedimiento: húngaro

Partes

Demandante: Lazarus Szolgáltató és Kereskedelmi Kft. (Lazarus Kft.) (Békés, Hungría) (representante: L.Szabó, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Con carácter principal, declare la nulidad de la Decisión de la Comisión adoptada el 20 de julio de 2011 en el asunto SA. 29432 — CP290/2009 — Hungría — «Ayuda para el empleo de trabajadores discapacitados supuestamente contraria a Derecho debido al carácter discriminatorio de la normativa» (en lo sucesivo, «decisión impugnada con carácter principal»).

Subsidiariamente, declare la nulidad de la Decisión de la Comisión adoptada el 25 de enero de 2017 en el asunto SA. 45498 (FC/2016) — «Denuncia de OPS Újpest-lift Kft. en relación con las ayudas estatales concedidas entre 2006 y 2012 a favor de las empresas que emplean a trabajadores discapacitados» (en lo sucesivo, «decisión impugnada con carácter subsidiario»).

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula un motivo en relación con cada pretensión.

Motivo relativo a la pretensión principal: error de Derecho y apreciación errónea de la prueba disponible

Las autoridades húngaras, contraviniendo el artículo 107TFUE, apartado 1, concedieron ayudas estatales ilegales a veintiuna empresas beneficiarias, que eran competidoras de la demandante. Estas ayudas no se destinaron únicamente a los gastos añadidos ocasionados por emplear a trabajadores discapacitados, sino que financiaban los gastos generales de las empresas beneficiarias y, de este modo, distorsionaban la competencia. En la decisión impugnada con carácter principal, la Comisión señaló que el importe conjunto de las ayudas concedidas a las empresas beneficiarias no supera el importe total de las ayudas que cabe conceder con arreglo a los artículos 41 y 42 del Reglamento general de exención por categorías,1 por lo que, en principio, las ayudas controvertidas son compatibles con el mercado interior a efectos del artículo 107TFUE, apartado 3. La decisión impugnada con carácter principal no trata los efectos perjudiciales derivados para la demandante de las medidas nacionales por las que se adjudicaron las ayudas y, con ello, vulnera los derechos procedimentales que asisten a la demandante en virtud del artículo 108TFUE, apartado2.

Motivo relativo a la pretensión subsidiaria: error de Derecho y desnaturalización manifiesta de la prueba disponible

La Comisión cometió un error de Derecho y desnaturalizó manifiestamente la prueba disponible al señalar en la decisión impugnada con carácter subsidiario que la denuncia de OPS Újpest-lift Kft. no contiene ningún elemento jurídico o fáctico nuevos que den lugar a la modificación de la apreciación del asunto SA.29432 — CP290/2009 efectuada por la Comisión. La decisión impugnada con carácter subsidiario no trata los efectos perjudiciales derivados para la demandante de las medidas nacionales por las que se adjudicaron las ayudas y, con ello, vulnera los derechos procedimentales que asisten a la demandante en virtud del artículo 108TFUE, apartado2.

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1 Reglamento (CE) n.º800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos [107TFUE] y [108TFUE] (DO2008 L214, p.3).
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