(Asunto T-110/18 Recurso interpuesto el 22 de febrero de 2018 — Grange Backup Power/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-110/18 Recurso interpuesto el 22 de febrero de 2018 — Grange Backup Power/Comisión

Fecha: 22-Feb-2018

Recurso interpuesto el 22 de febrero de 2018 — Grange Backup Power/Comisión

(Asunto T-110/18)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Grange Backup Power (Dublín, Irlanda) (representantes: M.Segura Catalán y M.Clayton, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la Decisión de la Comisión C(2017)7789 final de 24 de noviembre de 2017 relativa al Mecanismo Irlandés de Capacidad [SA.44464 (2017/N)] aplicado por Irlanda.

Anule la Decisión de la Comisión C(2017)7794 final de 24 de noviembre de 2017 relativa al Mecanismo de Capacidad de Irlanda del Norte [SA.44465 (2017/N)] aplicado por el Reino Unido.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un motivo, basado en que la Comisión no inició el procedimiento de investigación formal previsto en el artículo 108TFUE, apartado 2, y en el artículo 4, apartado 4, del Reglamento de Procedimiento,1 sin perjuicio de las dudas planteadas respecto a la compatibilidad del mecanismo de remuneración de la capacidad de toda la isla (MRC) con las normas sobre ayudas de Estado y mercado interior, privando por tanto a la demandante de sus derechos procesales. Este motivo se divide en cuatro partes:

La primera parte se refiere a la existencia de graves dificultades puestas de manifiesto por la duración y circunstancias del procedimiento.

La segunda parte se basa en que la Comisión debería haber dudado de la compatibilidad del mecanismo de financiación del mecanismo de remuneración de capacidad con elTFUE.

La tercera parte alega que la Comisión debería haber dudado de la compatibilidad del CRM con el mercado interior, en concreto con las Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020.2

En la cuarta parte de su motivo, la demandante alega que la Comisión debería haber dudado en su evaluación del mecanismo de remuneración de capacidad de los efectos de la notificación por parte del Reino Unido de que abandona la Unión Europea.

____________

1 Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO 2015, L248, p.9).2 Comunicación de la Comisión — Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020 (DO 2014, C200, p.1).
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