(Asunto T-69/18 Recurso interpuesto el 5 de febrero de 2018 — Verband Deutscher Alten und Behindertenhilfe y CarePool Hannover/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-69/18 Recurso interpuesto el 5 de febrero de 2018 — Verband Deutscher Alten und Behindertenhilfe y CarePool Hannover/Comisión

Fecha: 05-Feb-2018

Recurso interpuesto el 5 de febrero de 2018 — Verband Deutscher Alten und Behindertenhilfe y CarePool Hannover/Comisión

(Asunto T-69/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandantes: Verband Deutscher Alten- und Behindertenhilfe, Landesverband Niedersachsen/Bremen und Hamburg/Schleswig-Holstein eV (Hanover, Alemania) y CarePool Hannover GmbH (Hanover) (representante: T.Unger, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la Decisión C(2017)7686 final de la Comisión, de 23 de noviembre de 2017, sobre ayudas de Estado SA.42268 (2017/E) — Alemania ayuda de Estado para el fomento de funciones de asistencia social y SA. 42877 (2017/E) — Alemania CarePool HannoverGmbH.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

Primer motivo, basado en la violación de derechos procesales

El incumplimiento de requisitos de forma en el sentido del artículo 263TFUE, apartado 2, resulta de que, pese a tener serias dificultades para apreciar la situación de hecho y de Derecho, la demandada decidió no abrir el procedimiento formal de control. En particular, la duración, la calidad de la motivación de la demandada y su comportamiento durante el procedimiento de control controvertido confirman esas dificultades serias al apreciar la cuestión de la apertura del procedimiento formal de control.

Segundo motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación derivada del artículo 296TFUE, apartado2

Otro incumplimiento de los requisitos de forma del procedimiento resulta de que la Decisión impugnada carece de motivación suficiente, por lo que no cumple lo establecido en el artículo 296TFUE, apartado2.

Tercer motivo, basado en la infracción de los artículos 107TFUE y 108TFUE

Además, existe una infracción de los artículos 107TFUE y 108TFUE, puesto que la demandada considera erróneamente estar ante una medida existente. La demandante alega que las ayudas objeto del litigio son medidas nuevas que cumplen los requisitos de las ayudas.

____________

Vista, DOCUMENTO COMPLETO