(Asunto T-215/18 Recurso interpuesto el 27 de marzo de 2018 — QB/BCE
Fecha: 27-Mar-2018
Recurso interpuesto el 27 de marzo de 2018 — QB/BCE
(Asunto T-215/18)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: QB (representante: L.Levi, abogada)
Demandada: Banco Central Europeo
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Declare el presente recurso admisible y fundado.
En consecuencia,
Anule el informe de evaluación para el año 2016, y la decisión de 23 de mayo de 2017, notificada el 28 de junio de 2017, por la que se deniega a la demandante una progresión salarial.
En la medida en que sea necesario, anule la decisión de septiembre de 2017 y la decisión desestimatoria implícita, respectivamente, del recurso administrativo y de la reclamación de la demandante.
Condene a la demandada a pagar una indemnización por el daño moral sufrido, valorada ex aequo et bono en 15000euros.
Condene a la demandada al pago de la totalidad de las costas.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.
Primer motivo, basado en la violación de la Guía de calificación y del procedimiento de Annual Salary and Bonus Review (ASBR), la vulneración del principio de seguridad jurídica y el incumplimiento del deber de asistencia y protección, cometidos por la parte demandada al adoptar el informe de evaluación para el año 2016 (en lo sucesivo, «informe de evaluación controvertido»). La parte demandante invoca, en particular, los siguientes argumentos:
El informe de evaluación controvertido fue redactado por un agente de la DG-H y no por los evaluadores.
El informe de evaluación controvertido se adoptó cuando ya se había cerrado de manera definitiva el ejercicio de evaluación de la demandante.
El período de evaluación objeto del informe de evaluación controvertido se refiere a un espacio de tiempo excesivamente corto que no permite la evaluación anual.
El informe de evaluación controvertido no es un instrumento para medir el rendimiento.
Segundo motivo, basado en el error manifiesto de que adolece el informe de evaluación controvertido, en la medida en que, por una parte, la evaluación se basa parcialmente en una tarea no terminada debido a una baja por enfermedad, y, por otra parte, una evaluación positiva de un gestor externo se comentó irregularmente y los evaluadores redujeron su alcance y tampoco tuvieron en cuenta los objetivos.
Tercer motivo, basado en que la decisión de 23 de mayo de 2017 por la que se deniega a la parte demandante la progresión salarial (en lo sucesivo, «decisión ABSR») se basa en un informe de evaluación ilegal.
Cuarto motivo, basado en que la decisión ASBR fue adoptada por una autoridad que no era competente, en la medida en que esta fue adoptada por una persona nombrada temporalmente por 6meses que no tenía el estatus requerido para tomar la referida decisión.
Quinto motivo, basado en varios errores manifiestos de los que adolece la decisión ASBR, en la medida en que la citada decisión no pudo constatar una “underperformance” en el momento de su adopción.
Sexto motivo, basado en la violación de las directrices ASBR y del procedimiento ASBR y violación del artículo 41 de la Carta, en tanto la decisión ASBR carecía de motivación.