(Asunto T-316/18 Recurso interpuesto el 22 de mayo de 2018 — Mediaservis/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-316/18 Recurso interpuesto el 22 de mayo de 2018 — Mediaservis/Comisión

Fecha: 22-May-2018

Recurso interpuesto el 22 de mayo de 2018 — Mediaservis/Comisión

(Asunto T-316/18)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Mediaservis s. r. o. (Praga, República Checa) (representantes: D.Vosol y C.Schneider, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la decisión de la Comisión C(2018)753 final, de 19 de febrero de 2018, de no plantear objeciones contra la ayuda de Estado a la compañía de correos checa por la prestación del servicio postal universal en el período 2013-2017.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

Primer motivo, basado en la infracción de lo dispuesto en el artículo 108TFUE, apartados 2y3.

La Comisión decidió no iniciar el procedimiento previsto en el artículo 108TFUE, apartado 2, aun cuando encontró graves dificultades para valorar la compatibilidad de la ayuda de Estado con el mercado común.

Segundo motivo, basado en el examen insuficiente e incompleto del asunto y la falta de examen por la Comisión de todos los hechos y cuestiones jurídicas expuestas ante ella por personas, empresas y asociaciones cuyos intereses pueden verse afectados por la concesión de la ayuda, y en el incumplimiento del deber de motivación.

La Comisión no examinó todas las cuestiones planteadas en la denuncia de la demandante. Por el contrario, la Comisión sostuvo, de manera superficial, que el cálculo del coste neto se basaba en una adecuada separación contable entre el coste del servicio universal y otros costes.

La Comisión incumplió su deber de motivación a este respecto.

Tercer motivo, basado en un manifiesto error de valoración respecto al cálculo del coste neto y a la comprobación de la falta de compensación excesiva.

La Comisión llegó a la conclusión incorrecta de que los costes de Česká pošta dentro y fuera del ámbito del servicio universal habían sido asignados de acuerdo con el apartado 31 del Marco SIEG de2012.1

En este sentido, la Comisión fundamentó su decisión en una hipótesis manifiestamente irreal y opuesta a los hechos.

La hipótesis opuesta a los hechos aceptada por la Comisión no tenía en cuenta que la Ley postal checa exige que los precios incluyan todos los costes generados.

El cálculo del coste neto generado se efectuó con infracción del apartado 32 del Marco SIEG de 2012, pues no tuvo en cuenta algunas fuentes de ingresos relevantes, aun cuando estuvieran relacionados con actividades distintas de los SIEG [servicios de interés económico general].

Cuarto motivo, en el que se invoca un manifiesto error de Derecho en relación con la aplicación del apartado 25 del Marco SIEG de 2012 en relación con el anexoI, parte B, de la Directiva postal.2

Aun cuando el apartado 25 del Marco SIEG de 2012 y el anexoI, parte B, de la Directiva postal exigen que se calcule el coste neto para valorar los beneficios del proveedor de SIEG, incluidos los beneficios inmateriales, en la medida de lo posible (para tener en cuenta cualesquiera beneficios inmateriales y de mercado que incrementen los del proveedor del servicio universal), la decisión de la Comisión, anexo A.1, sólo trataba de los beneficios inmateriales.

Quinto motivo, en el que se alegan la infracción de los apartados 51 y siguientes del Marco SIEG de 2012 y el incumplimiento del deber de motivación.

Debido a la conducta de Česká pošta en el mercado, que pretende expulsar de este a los competidores, la Comisión debería haber impuesto los requisitos adicionales necesarios para garantizar que el desarrollo del comercio no resulta afectado hasta un punto contrario a los intereses de la Unión, con arreglo a lo dispuesto en los apartados 51 y siguientes del Marco SIEG de 2012, pero no lohizo.

Aun cuando no tuviera esa obligación, la Comisión debería haber expresado las razones concretas por las que, ante las circunstancias de su cuota de mercado y de conducta de Česká pošta, tales requisitos adicionales no habían sido necesarios, pero no lohizo.

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1 Comunicación de la Comisión — Marco de la Unión Europea sobre ayudas estatales en forma de compensación por servicio público (2011) (DO 2012 C8, p.15).2 Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio (DO 1998, L15, p.14), en su versión modificada por última vez por la Directiva 2008/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, por la que se modifica la Directiva 97/67/CE en relación con la plena realización del mercado interior de servicios postales comunitarios (DO 2008, L52, p.3).
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