(Asunto T-415/18 Recurso interpuesto el 4 de julio de 2018 — Silgan Closures y Silgan Holdings/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-415/18 Recurso interpuesto el 4 de julio de 2018 — Silgan Closures y Silgan Holdings/Comisión

Fecha: 04-Jul-2018

Recurso interpuesto el 4 de julio de 2018 — Silgan Closures y Silgan Holdings/Comisión

(Asunto T-415/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandantes: Silgan Closures GmbH (Múnich, Alemania) y Silgan Holdings Inc. (Stamford, Connecticut, Estados Unidos) (representantes: D.Seeliger, Y.Gürer, R.Grafunder y V.Weiss, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la Decisión de inspección C(2018)2173 final, de 6 de abril de 2018, notificada el 24 de abril de2018.

Anule toda medida que se adopte basándose en la inspección practicada con arreglo a dicha Decisión ilegal.

Condene en particular a la Comisión a restituir todas las copias de los documentos efectuadas y aportadas en el marco de la inspección, so pena de anulación por parte del Tribunal de la futura decisión de la Comisión.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos:

1.Vulneración del derecho de defensa y violación de los principios procesales esenciales

Mediante el primer motivo de su recurso, las demandantes alegan, en particular, que el Bundeskartellamt (autoridad federal en materia de competencia) proporcionó a la Comisión una información que las demandantes habían puesto a disposición de dicha autoridad federal, en los procedimientos nacionales en curso desde 2014, en el marco de su cooperación y que, por lo tanto, no debía haberse remitido en el intercambio de información conforme al artículo 12 del Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo.1

2.Motivación insuficiente de la Decisión de inspección y descripción desmesuradamente amplia e inconcreta del objeto de la inspección («fishing expedition»), así como inexistencia de indicios suficientes

3.Violación del principio de proporcionalidad

A este respecto, las demandantes sostienen que no fue necesaria ni adecuada la orden de llevar a cabo una inspección sobre la base de las investigaciones y del estado del procedimiento ante la autoridad federal en materia de competencia.

4.Desviación de poder

En el marco del cuarto motivo, alegan que la orden de llevar a cabo una inspección se basa en consideraciones ajenas. Según las demandantes, se trata de una colaboración irregular entre la autoridad federal en materia de competencia y la Comisión, para permitir que esta sancione a empresas que posiblemente no habrían podido serlo a escala nacional debido a la existencia de lagunas legislativas.

5.Incompetencia de la Comisión y violación del principio de subsidiariedad

A este respecto, las demandantes objetan que no parece que la autoridad federal en materia de competencia no fuera capaz de llevar a término de un modo regular el procedimiento pendiente ante ella, ni ven por qué el procedimiento, por su alcance o sus efectos, deba sustanciarse mejor a escala de la Unión en una fase tan avanzada.

____________

1 Reglamento (CE) n.º1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (DO 2003, L1, p.1).
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