(Asunto T-460/18 Recurso interpuesto el 26 de julio de 2018 — eSlovensko Bratislava/Comisión
Fecha: 26-Jul-2018
Recurso interpuesto el 26 de julio de 2018 — eSlovensko Bratislava/Comisión
(Asunto T-460/18)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: eSlovensko Bratislava (Bratislava, Eslovaquia) (representante: B.Fridrich, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Anule la decisión de la Comisión, a saber, el acto jurídico individual que lleva por título «Payment by offsetting by outstanding claims and debts» (pago por compensación entre créditos y deudas exigibles) que la Comisión Europea, Ejecución del Presupuesto (Presupuesto General y FED), adoptó el 22 de junio de 2018 con el número de referencia BUDG/DGA/C4/LM/24307.
Condene a la Comisión a pagar los gastos subvencionables a la demandante (número de inscripción en el registro 42412439), como beneficiaria inicial y parte contratante en el convenio de subvención INEA/CEF/ICT/A2015/1154788, Action 2015-SK-IA-0038 — «Slovak Safer Internet CentreIV», con arreglo a ese convenio de subvención válido y eficaz, y en particular a su artículo 4.1.3.
Condene en costas a la Comisión.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
Primer motivo, con el que se pretende la anulación de la decisión impugnada, basado en la infracción de la norma jurídica relativa a la aplicación de los Tratados, en particular la apreciación jurídica errónea de las circunstancias y de los hechos de la compensación, ya que, con arreglo al principio consagrado en la sentencia Plaumann, a la demandante (número de inscripción en el registro 42412439) afecta directamente esa decisión y esa decisión tiene una incidencia negativa directa en aquella.
Segundo motivo, con el que se pretende obtener la condena de la Comisión a abonar los costes subvencionables a la demandante, como beneficiaria inicial y parte contratante en el convenio de subvención INEA/CEF/ICT/A2015/1154788, Action 2015-SK-IA-0038 — «Slovak Safer Internet CentreIV», con arreglo a ese convenio de subvención válido y eficaz, y en particular a su artículo 4.1.3., basado en que la Comisión es competente para regular cuestiones de aplicación del proyecto y de transferencias financieras relativas al contrato válido y eficaz existente entre la Comisión y la demandante.
La decisión impugnada de la Comisión se basa en el considerando 68 del Reglamento financiero,1 que dispone que «es necesario definir las normas relativas al inventario del inmovilizado y aclarar las respectivas responsabilidades en este ámbito de los contables y ordenadores, así como las normas aplicables en caso de reventa de inmovilizaciones consignadas en el inventario, con miras a una gestión eficaz de los activos». A este respecto, la demandante subraya que informó a la Comisión en repetidas ocasiones de que, en el procedimiento iniciado en su contra, la Comisión la confundía con otra asociación, que había actuado en proyectos anteriores de la misma naturaleza.
Tercer motivo, con el que se solicita que se condene a la Comisión en costas. Habida cuenta de las alegaciones mencionadas y del carácter arbitrario alegado de la decisión impugnada, la demandante solicita al Tribunal de Justicia que le reembolse los gastos en que incurrió en el procedimiento ante el Tribunal General, y los gastos de asistencia jurídica en que incurrió en el marco de la presente demanda.