(Asunto T-471/18 Recurso interpuesto el 2 de agosto de 2018 — WV/SEAE
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-471/18 Recurso interpuesto el 2 de agosto de 2018 — WV/SEAE

Fecha: 02-Ago-2018

Recurso interpuesto el 2 de agosto de 2018 — WV/SEAE

(Asunto T-471/18)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: WV (representante: É.Boigelot, abogado)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la resolución de 27 de noviembre de 2017 con referencia «eeas.ba.hr.3(2017)6459331» procedente del [confidencial],1 que conlleva una retención en el salario en proporción a 72días naturales a cargo de la demandante.

Anule, en la medida en que sea necesario, la resolución desestimatoria expresa de 2 de mayo de 2018 [«eeas.ba.hr.3/ED/ld(2018)2309062»], a raíz de la reclamación presentada por la demandante el 3 de enero de2018.

Decida que los importes que han de ser devueltos a la demandante tras esa anulación se incrementen en un interés de demora del 5% anual o en cualquier otro porcentaje que fije el Tribunal, calculado al día de la devolución efectiva y en función de la fecha de las distintas retenciones realizadas.

Condene en costas a la demandada, de conformidad con el artículo 134 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula un único motivo, basado en la infracción de los artículos 1sexto, apartado 2, 12, 12bis, 21, 25, 26, 55 y 60 del Estatuto de los Funcionarios, en la vulneración del deber de asistencia y protección, en la violación del principio de buena administración y en la infracción de los artículos 1 y 2 del anexoIX del Estatuto y del Reglamento (CE) n.º45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (DO 2001, L8, p.1). También alega la vulneración de los artículos 41, 47 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales, del Convenio Europeo de Derechos Humanos y del derecho de defensa, la infracción del artículo 296TFUE, así como abuso de Derecho y desviación del procedimiento, además de la violación manifiesta del principio de confianza legítima y de igualdad de armas. Por último, la demandante aduce la violación del principio que obliga a la administración a dictar resoluciones basadas únicamente en una motivación legalmente admisible, es decir, pertinente y sin errores manifiestos de apreciación, de hecho o de Derecho, y la violación de los principios de proporcionalidad, contradicción y seguridad jurídica, además de la violación del principio del Reglamento (CE) n.º1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L145, p.43).

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1 Datos confidenciales ocultos.
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