(Asunto T-55/19 Recurso interpuesto el 30 de enero de 2019 — Cham Holding y Bena Properties/Consejo
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-55/19 Recurso interpuesto el 30 de enero de 2019 — Cham Holding y Bena Properties/Consejo

Fecha: 30-Ene-2019

Recurso interpuesto el 30 de enero de 2019 — Cham Holding y Bena Properties/Consejo

(Asunto T-55/19)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Cham Holding Co. SA (Damasco, Siria), y Bena Properties Co. SA (Damasco) (representante: E.Ruchat, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

Las demandantes solicitan al Tribunal Generalque:

Declare el recurso de las demandantes admisible y fundado.

En consecuencia, condene a la Unión Europea a resarcir la totalidad de los perjuicios sufridos por las demandantes por el importe que el Tribunal General fije equitativamente.

Con carácter subsidiario, ordene el nombramiento de un experto para establecer la amplitud total de los perjuicios sufridos por las demandantes.

Condene en costas al Consejo de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las demandantes invocan un motivo principal y otro subsidiario, basados en los perjuicios que alegan haber sufrido y cuya responsabilidad atribuyen al Consejo de la Unión Europea.

El motivo principal se basa en la ilegalidad de las medidas restrictivas controvertidas, esto es, la Decisión (PESC) 2018/778 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria y sus actos sucesivos de ejecución. A su entender, en primer lugar, incumplen el deber de motivación establecido en los artículos 296TFUE y 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, en segundo lugar, atentan contra el derecho de propiedad de las demandantes y contra al derecho al respeto de su reputación. Alegan asimismo que dicha violación ha sido la causa directa de que se les irroguen importantes perjuicios morales y materiales, consistentes, respectivamente, en la lesión de su reputación, por una parte, y en la rescisión de contratos, pérdidas materiales y pérdidas de ingresos, por otra parte, por los que consideran que tienen derecho a exigir resarcimiento.

Por su parte, el motivo subsidiario se basa en la existencia de un régimen objetivo de responsabilidad de la Unión Europea.

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