(Asunto T-849/19 Recurso interpuesto el 16 de diciembre de 2019 — Leonardo/Frontex
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-849/19 Recurso interpuesto el 16 de diciembre de 2019 — Leonardo/Frontex

Fecha: 16-Dic-2019

Recurso interpuesto el 16 de diciembre de 2019 — Leonardo/Frontex

(Asunto T-849/19)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Leonardo S.p.A. (Roma, Italia) (representantes: M.Esposito, F.Caccioppoli y G.Calamo, abogados)

Demandada: Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que, en cuanto al fondo, anule los actos mencionados a continuación y condene a la demandada a indemnizarle por todos los daños que ha sufrido y puede sufrir, directos e indirectos, derivados, por cualquier título, de la ilegalidad de la licitación de que se trata. Ordene, como diligencias de prueba, la práctica de dictamen judicial con arreglo a los artículos 91, letrae), y 96 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, a fin de declarar que: a)las cláusulas del anuncio de licitación impugnadas son irrazonables, innecesarias y contrarias a la normativa del sector; b)las cláusulas impugnadas impiden que Leonardo formule una oferta; c)existen razones de oportunidad en relación con los costes y la viabilidad técnica para la subdivisión de la licitación en dos o más lotes. Con condena en costas.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso se dirige contra el FRONTEX/OP/888/2019/JL/CG por el servicio «Remotely Piloted Aircraft Systems (RPAS) for Medium Altitude Long Endurance Maritime Aerial Surveillance» [Sistema de aeronave pilotada a distancia (RPAS) para la vigilancia marítima aérea de altitud media y gran autonomía], publicado el 18 de octubre de 2019 en el Suplemento al Diario Oficial de la Unión Europea TED (Tenders Electronic Daily), con la referencia 2019/S 202-490010, y los respectivos actos conexos, en particular: Invitation to Tender, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61915; Financial Proposal, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61916; Declaration, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61917; Annex I — Tender Specifications, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61918; Tender Submission Form, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61919; Draft Contract, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61921; Agreement of non-disclosure, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61922; Appendix 1, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61924; Appendix 2, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61925; Appendix 3, disponible en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-document.html?docId=61926; Corrigenda — Anuncio relativo a modificaciones o información adicional, publicado en el Suplemento al Diario Oficial de la Unión Europea TED (Tenders Electronic Daily), con la referencia 2019/S 216-528930; Corrigenda — Anuncio relativo a modificaciones o información adicional, publicado en el Suplemento al Diario Oficial de la Unión Europea TED (Tenders Electronic Daily), con la referencia 2019/S 226-553006, las aclaraciones facilitadas por FRONTEX con arreglo a la lex specialis (publicadas en el sitio de Internet https://etendering.ted.europa.eu/cft/cft-questions.html?cftId=5444); el acta del Informative Meeting que tuvo lugar en FRONTEX el 28 de octubre de 2019; así como cualquier otro acto preparatorio, conexo y consecutivo a los actos anteriormente citados.

En apoyo de su recurso, la demandante invoca cuatro motivos:

La demandante solicita la anulación de los actos impugnados por considerar que violan los principios de transparencia, proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación por su contenido genérico e irracional o por la circunstancia de que en tales casos imponen a los licitadores, y en cuanto atañe a la demandante, requisitos técnicos específicos totalmente inútiles, desproporcionados, excesivos y no funcionales para el servicio o que, en cualquier caso, imposibilitan la participación de la demandante o supeditan dicha participación a cargas económicas excesivas hasta el punto de menoscabar la competitividad de su oferta. Por consiguiente, estima que estos actos conculcan los considerandos n.os96 y 108 y los artículos 160, 161 y 166 del Reglamento Financiero General (UE, Euratom n.º2018/10461 y los puntos 17.1, 17.3 y 17.8 del AnexoI de dicho Reglamento, así como las Directivas 2014/23/UE2 y 2014/24/UE3 del Parlamento Europeo y del Consejo. Asimismo, alega una extralimitación de facultades, en forma de violación del principio de proporcionalidad, falta de lógica, carácter erróneo y tergiversación de los presupuestos, desigualdad de trato, injusticia y desviación de poder.

La demandante solicita la anulación de los actos impugnados, asimismo debido a que no se dividió en lotes la licitación objeto del litigio. En particular, denuncia la infracción del artículo 160, apartados. 1, 2 y 3 del Reglamento Financiero General (UE, Euratom) 2018/1046 y del punto 33.1 del anexoI de dicho Reglamento, así como la no aplicación del punto 18.2, párrafo tercero, del anexoI de ese mismo Reglamento.

La demandante alega, además, la infracción de los artículos 176 o 179 del citado Reglamento, debido a la previsión contenida en los documentos de la licitación que permite la participación de sujetos de terceros países.

Por último, por razón de la ilegalidad de los actos, la demandante solicita la indemnización de todos los daños que ha sufrido y puede sufrir, directos e indirectos, derivados, por cualquier título, de la ilegalidad de la licitación de que se trata.

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1 Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º1296/2013, (UE) n.º1301/2013, (UE) n.º1303/2013, (UE) n.º1304/2013, (UE) n.º1309/2013, (UE) n.º1316/2013, (UE) n.º223/2014 y (UE) n.º283/2014 y la Decisión n.º541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º966/2012 (DO 2018, L193, p.1).2 Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (DO 2014, L94, p.1).3 Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L94, p.65).
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