(Asunto T-881/19 Recurso interpuesto el 31 de diciembre de 2019 — GABO:mi/Comisión
Fecha: 31-Dic-2019
Recurso interpuesto el 31 de diciembre de 2019 — GABO:mi/Comisión
(Asunto T-881/19)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: GABO:mi Gesellschaft für Ablauforganisation:milliarium mbH & Co. KG (Munich, Alemania) (representantes: C.Mayer, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Condene a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de 168068182euros más 76552.60euros en concepto de intereses.
Condene a la demandada al pago de la totalidad de las costas del procedimiento.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
Primer motivo, basado en la obligación de la demandada de abonar los gastos reembolsables.
La demandante prestó sus servicios en virtud de acuerdos de subvención FP6 y FP7. Entre el 1 de Agosto de 2015 y el 30 de abril de 2016, la demandante trabajó en un total de 37proyectos de investigación. Desde el 1 de mayo de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, la demandante prestó sus servicios en un total de 38proyectos de investigación. Todos los gastos en los que incurrió durante estos períodos de tiempo cumplen los criterios exigidos para su reembolso establecidos en los acuerdos de subvención celebrados entre las partes (artículoII.14.1). Dichos gastos no han sido aún reembolsados por la demandada, que está obligada a ello en virtud de dichos acuerdos de subvención.
Segundo motivo, basado en la inoperatividad de las compensaciones durante el período comprendido entre agosto de 2015 y abril de2016.
Las compensaciones durante el período comprendido entre agosto de 2015 y abril de 2016 son inoperantes según el Derecho concursal alemán. En lo que respecta a la cantidad parcial de 274248,27euros, la inoperatividad de las compensaciones frente a las reclamaciones de la demandante se deriva del artículo 95, apartado 1, punto 3, de la Ley concursal alemanda (en lo sucesivo, «InsO»). En cuanto a las compensaciones relativas a la cantidad restante de 1144394,33, según la sentencia de 25 de septiembre de 2018, dictada en el asunto GABO:mi Gesellschaft für Ablauforganisation:milliarium mbH & Co. KG contra Comisión (asunto T-10/16, EU:T:2018:600), dichas compensaciones deben considerarse inoperantes en virtud del artículo 96, apartado 1, punto 3, de la InsO, en relación con el artículo 133, apartado 1, InsO (en su versión anterior).
Tercer motivo, basado en la inoperatividad de las compensaciones durante el período preliminar del procedimiento concursal (mayo y junio de 2016).
Las compensaciones de la demandada durante el período correspondiente a mayo y junio de 2016 son inoperantes en virtud del artículo 96, apartado 1, punto 3, de la InsO, en relación con el artículo 130, apartado 1, punto 2, de la InsO. El artículo 96, apartado 1, punto 3, de la InsO establece la inoperatividad concursal de tales compensaciones si fueron declaradas antes de la incoación del procedimiento concursal o después de dicha incoación en el supuesto de que el derecho a la compensación haya sido obtenido de manera anulable.